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Terminado el período de prácticas para los aspirantes seleccionados en virtud de las pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo Superior de Administradores, Escala de Administradores Financieros y Tributarios (Grupo A), convocadas por Orden de 22 de enero de 1998 (B.O.C. nº 11, de 26.1.98), modificada por Orden de 9 de diciembre de 1998 (B.O.C. nº 156, de 14.12.98).
Visto el informe expedido por la Secretaría General Técnica de la Consejería de Economía y Hacienda, referido a la realización del período de prácticas y la aptitud de los citados aspirantes en las plazas a las que fueron adscritos.
De conformidad con lo dispuesto en la base 11.1 de la Orden de 22 de enero de 1998, una vez finalizado el período de tres meses señalado para la formación en prácticas, procede su nombramiento como funcionarios de carrera.
En virtud de lo expuesto, teniendo en cuenta que no ha sido convocado concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo entre funcionarios de carrera de dicho Cuerpo y Escala, esta Dirección General, en uso de la competencia establecida en el artículo 9.2.n) del Decreto 321/1995, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia y Relaciones Institucionales, R E S U E L V E:
Primero.- Declarar la aptitud para ser nombrados funcionarios de carrera por haber superado el período de prácticas satisfactoriamente, de los aspirantes seleccionados.
Segundo.- Nombrar funcionarios de carrera del Cuerpo Superior de Administradores, Escala de Administradores Financieros y Tributarios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, a los aspirantes seleccionados, relacionados en el anexo adjunto, y adjudicarles número de registro de personal.
Tercero.- Los citados funcionarios de carrera quedarán en adscripción provisional en las plazas que se les adjudicó para la realización del período de prácticas.
Cuarto.- Los interesados deberán tomar posesión de sus puestos de trabajo en el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación de su nombramiento en el Boletín Oficial de Canarias, debiendo dar cumplimiento a la normativa sobre incompatibilidades.
Decaerán en su derecho en el supuesto de no tomar posesión en dicho plazo.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en Santa Cruz de Tenerife, a elección de los recurrentes, o bien interponer el recurso potestativo de reposición, en los términos previstos en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Santa Cruz de Tenerife, a 7 de julio de 1999.- El Director General de la Función Pública, Francisco Javier López de Vicuña y Artola.
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