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Según lo establecido en el artº. 4 del Real Decreto 873/1977, de 22 de abril, sobre depósito de los estatutos de las organizaciones constituidas al amparo de la Ley 19/1977, reguladora del Derecho de Asociación Sindical (B.O.E. nº 101, de 28.4.77), y en el artº. 4 de la Ley Orgánica 11/1985 y siendo competente para ello esta Dirección General de Trabajo al haberse transferido estas funciones a la Comunidad Autónoma de Canarias mediante Real Decreto 661/1984, de 25 de enero, y vistas las facultades conferidas en el Decreto 329/1995, de 24 de noviembre, del Reglamento Orgánico de la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales (B.O.C. nº 159, de 15.12.95); se hace público que en esta Dirección General se ha depositado documentación sobre la modificación de la asociación sindical que se detalla: DENOMINACIÓN: Sindicato de Traductores e Intérpretes de Canarias, S.T.I.C. ÁMBITO TERRITORIAL: Comunidad Autónoma de Canarias. DOMICILIO: calle El Salvador, 48, 2º piso, 35010-Las Palmas de Gran Canaria. ÁMBITO FUNCIONAL: el de los trabajadores traductores e intérpretes de la Administración Pública, o que presten sus servicios en empresas privadas, cualquiera que sea la entidad titular, así como los parados, excedentes o jubilados. FIRMANTES DEL ACTA DE LA SESIÓN: Dña. Isaura González Sánchez.
Las Palmas de Gran Canaria, a 18 de febrero de 1999.- El Director General de Trabajo, Francisco José Tejera Jordán.
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