Visto el acuerdo de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, por el que se dispone la remisión del expediente administrativo en el que conste la Resolución del Director General de Promoción Económica nº 551, de 30 de octubre de 1997 y Resolución del Viceconsejero de Economía y Coordinación Técnica con la Unión Europea nº 3, de 30 de octubre de 1998 solicitando reintegro parcial de la ayuda comunitaria percibida durante el ejercicio de 1994, en virtud de la interposición de recurso contencioso-administrativo nº 01/0000031/1999, por Comercial Prolat, S.L.
Resultando no haber otros interesados distintos del recurrente personados en el expediente.
De acuerdo con lo establecido en el artº. 64 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,
R E S U E L V O:
Primero.- Ordenar la remisión a la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, del expediente administrativo correspondiente al recurso nº 01/0000031/1999 interpuesto por Comercial Prolat, S.L.
Segundo.- Hacer pública en el Boletín Oficial de Canarias la presente Resolución a los efectos de que cuantos puedan estar interesados en dicho recurso comparezcan ante la indicada Sala en el plazo de nueve días siguientes a la publicación de la presente Resolución.
Santa Cruz de Tenerife, a 15 de febrero de 1999.- El Director General de Promoción Económica, Antonio Lantigua Suárez.
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