Estás en:
Siendo desconocido el domicilio de Dña. Carmen Dolores Domingo Jorge, a efectos de la notificación de la Propuesta de Resolución recaída en el expediente de desahucio administrativo nº 187/97, tramitado por no destinar como domicilio habitual y permanente la vivienda de protección oficial de promoción pública de la que es adjudicataria, sita en el término municipal de Santa Cruz de Tenerife, Grupo 60 Viviendas Los Gladiolos, bloque 2º, piso 1º A, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, esta Dirección General de Vivienda R E S U E L V E: Notificar a Dña. Carmen Dolores Domingo Jorge la Propuesta de Resolución recaída con fecha 3 de noviembre de 1998, en el expediente de desahucio administrativo que le ha sido instruido y cuya parte dispositiva dice textualmente:
Sea resuelta la adjudicación de la vivienda de protección oficial de promoción pública sita en el término municipal de Santa Cruz de Tenerife, Grupo 60 Viviendas Los Gladiolos, bloque 2º, piso 1º A, otorgada a favor de Dña. Carmen Dolores Domingo Jorge, requiriendo a la misma para que en el plazo de quince días hábiles a partir del siguiente al de la notificación de la Resolución, desaloje la vivienda con apercibimiento de proceder en caso contrario al lanzamiento de cuantas personas, muebles y enseres se encontrasen en ella. El lanzamiento sería ejecutado por esta Dirección General de Vivienda, que designaría las personas que hubieran de llevarlo a efecto, para lo cual se recabaría la preceptiva autorización judicial y el auxilio, en su caso, de las Fuerzas de Orden Público. A tenor de lo dispuesto en el artículo 142 del Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, aprobado por Decreto 2.114/1968, de 24 de julio, se le notifica un plazo de ocho días a partir del siguiente a la recepción de la presente, para alegar cuanto considere conveniente a su defensa, significándole que transcurrido dicho plazo sin cumplimentarlo, se le declarará decaída en su derecho al referido trámite. Santa Cruz de Tenerife, a 9 de noviembre de 1998.-El Director General de Vivienda, Miguel Ángel Pulido Rodríguez.
© Gobierno de Canarias