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BOC Nº 011. Lunes 25 de Enero de 1999 - 245

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Aguas

245 - Dirección General de Vivienda.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 12 de noviembre de 1998, relativa a la notificación de la Resolución recaída en los expedientes de desahucio administrativo D-25/98, D-76/98, D-77/98, D-78/98, D-79/98, D-80/98, D-81/98, D-82/98, D-84/98, D-85/98, D-87/98, D-89/98, D-90/98, D-91/98, D-92/98, D-120/98, D-121/98, D-124/98, D-127/98, D-128/98, D-129/98, D-131/98, D-277/97, D-82/95 y D-393/95, encontrándose en ignorado paradero los interesados.

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No teniendo constancia esta Dirección General del domicilio de D. Luciano García Carbonero, D. Francisco Carmona Carmona, D. Pedro Palmés Perdomo, D. Esmeraldo Pérez García, D. Antonio Pérez Santana, D. Juan Ramón Penco Rodríguez, Dña. Pino Falcón Déniz, Dña. Encarnación Hormiga Gómez, D. Manuel Padrón Hernández, D. Juan Cardoso Segura, D. Antonio Santana Jordán, D. Dionisio Luzardo Santana, D. Antonio Hernández Brito, D. Antonio Luzardo Martín, D. José Paz González, D. José Ortega García, D. Juan López Noda, Dña. Guadalupe Corujo Luzardo, D. Florentino Cabrera Carballo, D. Miguel Hernández Santana, D. Domingo Rodríguez Barrios, D. Juan Felipe Viera, D. José Jiménez Castellano, D. Antonio Sosa Martín y D. Sergio Páez García, a la vista de los informes policiales emitidos en la tramitación del expediente referido anteriormente, y siendo preciso notificarle la Resolución recaída en el expediente de desahucio administrativo, seguido contra los mismos, de conformidad con el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. nº 285, de 27.11.92),

R E S U E L V O:

Notificar a D. Luciano García Carbonero, D. Francisco Carmona Carmona, D. Pedro Palmés Perdomo, D. Esmeraldo Pérez García, D. Antonio Pérez Santana, D. Juan Ramón Penco Rodríguez, Dña. Pino Falcón Déniz, Dña. Encarnación Hormiga Gómez, D. Manuel Padrón Hernández, D. Juan Cardoso Segura, D. Antonio Santana Jordán, D. Dionisio Luzardo Santana, D. Antonio Hernández Brito, D. Antonio Luzardo Martín, D. José Paz González, D. José Ortega García, D. Juan López Noda, Dña. Guadalupe Corujo Luzardo, D. Florentino Cabrera Carballo, D. Miguel Hernández Santana, D. Domingo Rodríguez Barrios, D. Juan Felipe Viera, D. José Jiménez Castellano, D. Antonio Sosa Martín y D. Sergio Páez García, la Resolución recaída en el expediente que se le ha instruido, y cuya parte dispositiva dice textualmente:

- Desahuciar a D. Luciano García Carbonero, por no destinar a domicilio habitual y permanente, la vivienda de promoción pública, sita en el Grupo 132 Viviendas San Fernando, bloque 3, piso 5º, letra A, nº de cuenta 32, en el término municipal de San Bartolomé de Tirajana, al estar incurso en la causa especial 6ª de desahucio administrativo, prevista en el artº. 138 del Decreto 2.114/1968, de 24 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, publicado en el Boletín Oficial del Estado de 7 de septiembre de 1968.

- Desahuciar a D. Francisco Carmona Carmona, por no destinar a domicilio habitual y permanente, la vivienda de promoción pública, sita en el Grupo 100 Viviendas de Ingenio, calle L.H. Pilcher, bloque 19, piso 2º, letra izquierda, en el término municipal de Ingenio, al estar incurso en la causa especial 6ª de desahucio administrativo, prevista en el artº. 138 del Decreto 2.114/1968, de 24 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, publicado en el Boletín Oficial del Estado de 7 de septiembre de 1968.

- Desahuciar a D. Pedro Palmés Perdomo, por no destinar a domicilio habitual y permanente, la vivienda de promoción pública, sita en el Grupo Cruz de Piedra I, calle Ftco. Pedro Rivero, 9, bloque 16, piso 3º, letra A, en el término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, al estar incurso en la causa especial 6ª de desahucio administrativo, prevista en el artº. 138 del Decreto 2.114/1968, de 24 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, publicado en el Boletín Oficial del Estado de 7 de septiembre de 1968.

- Desahuciar a D. Esmeraldo Pérez García, por no destinar a domicilio habitual y permanente, la vivienda de promoción pública, sita en el Grupo San Cristóbal, fase I, calle Córdoba, 58, bloque 1, piso 8º, letra A, nº de cuenta 29, en el término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, al estar incurso en la causa especial 6ª de desahucio administrativo, prevista en el artº. 138 del Decreto 2.114/1968, de 24 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, publicado en el Boletín Oficial del Estado de 7 de septiembre de 1968.

- Desahuciar a D. Antonio Pérez Santana, por no destinar a domicilio habitual y permanente, la vivienda de promoción pública, sita en el Grupo San Cristóbal I, calle Palma de Mallorca, 5, bloque 20, piso 7º, letra C, nº de cuenta 931, en el término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, al estar incurso en la causa especial 6ª de desahucio administrativo, prevista en el artº. 138 del Decreto 2.114/1968, de 24 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, publicado en el Boletín Oficial del Estado de 7 de septiembre de 1968.

- Desahuciar a D. Juan Ramón Penco Rodríguez, por no destinar a domicilio habitual y permanente, la vivienda de promoción pública, sita en el Grupo Cruz de Piedra I, calle Joaquín Belón, 14, bloque 26, piso 4º, letra B, nº de cuenta 1340, en el término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, al estar incurso en la causa especial 6ª de desahucio administrativo, prevista en el artº. 138 del Decreto 2.114/1968, de 24 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, publicado en el Boletín Oficial del Estado de 7 de septiembre de 1968.

- Desahuciar a Dña. Pino Falcón Déniz, por no destinar a domicilio habitual y permanente, la vivienda de promoción pública, sita en el Grupo Jinámar V, bloque 2, portal 2, puerta 15, nº de cuenta 63, en el término municipal de Telde, al estar incursa en la causa especial 6ª de desahucio administrativo, prevista en el artº. 138 del Decreto 2.114/1968, de 24 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, publicado en el Boletín Oficial del Estado de 7 de septiembre de 1968.

- Desahuciar a Dña. Encarnación Hormiga Gómez, por no destinar a domicilio habitual y permanente, la vivienda de promoción pública, sita en el Grupo Jinámar II, bloque 11, piso 7º, letra A, nº de cuenta 495, en el término municipal de Telde, al estar incursa en la causa especial 6ª de desahucio administrativo, prevista en el artº. 138 del Decreto 2.114/1968, de 24 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, publicado en el Boletín Oficial del Estado de 7 de septiembre de 1968.

- Desahuciar a D. Manuel Padrón Hernández, por no destinar a domicilio habitual y permanente, la vivienda de promoción pública, sita en el Grupo 864 Viviendas Nueva Paterna, calle Manuel de Falla, 58, bloque 6, piso 5º, letra F, nº de cuenta 398, en el término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, al estar incurso en la causa especial 6ª de desahucio administrativo, prevista en el artº. 138 del Decreto 2.114/1968, de 24 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, publicado en el Boletín Oficial del Estado de 7 de septiembre de 1968.

- Desahuciar a D. Juan Cardoso Segura, por no destinar a domicilio habitual y permanente, la vivienda de promoción pública, sita en el Grupo Cruz de Piedra I, calle Lcdo. Agustín Rodríguez, 4, bloque 2, piso 1º, letra A, nº de cuenta 56, en el término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, al estar incurso en la causa especial 6ª de desahucio administrativo, prevista en el artº. 138 del Decreto 2.114/1968, de 24 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, publicado en el Boletín Oficial del Estado de 7 de septiembre de 1968.

- Desahuciar a D. Antonio Santana Jordán, por no destinar a domicilio habitual y permanente, la vivienda de promoción pública, sita en el Grupo Cruz de Piedra I, calle Ftco. Manuel Blanco, 2, bloque 6, piso 10º, letra A, nº de cuenta 303, en el término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, al estar incurso en la causa especial 6ª de desahucio administrativo, prevista en el artº. 138 del Decreto 2.114/1968, de 24 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, publicado en el Boletín Oficial del Estado de 7 de septiembre de 1968.

- Desahuciar a D. Manuel Padrón Hernández, por no destinar a domicilio habitual y permanente, la vivienda de promoción pública, sita en el Grupo 864 Viviendas Nueva Paterna, calle Manuel de Falla, 58, 10º, letra A, nº de cuenta 303, en el término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, al estar incurso en la causa especial 6ª de desahucio administrativo, prevista en el artº. 138 del Decreto 2.114/1968, de 24 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, publicado en el Boletín Oficial del Estado de 7 de septiembre de 1968.

- Desahuciar a D. Dionisio Luzardo Santana, por no destinar a domicilio habitual y permanente, la vivienda de promoción pública, sita en el Grupo Jinámar II, bloque 30, piso 3º, letra D, nº de cuenta 1370, en el término municipal de Telde, al estar incurso en la causa especial 6ª de desahucio administrativo, prevista en el artº. 138 del Decreto 2.114/1968, de 24 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, publicado en el Boletín Oficial del Estado de 7 de septiembre de 1968.

- Desahuciar a D. Antonio Hernández Brito, por no destinar a domicilio habitual y permanente, la vivienda de promoción pública, sita en el Grupo Cruz de Piedra, fase I, calle Joaquín Belón, 10, bloque 24, piso 3º, letra A, en el término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, al estar incurso en la causa especial 6ª de desahucio administrativo, prevista en el artº. 138 del Decreto 2.114/1968, de 24 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, publicado en el Boletín Oficial del Estado de 7 de septiembre de 1968.

- Desahuciar a D. Antonio Luzardo Martín, por no destinar a domicilio habitual y permanente, la vivienda de promoción pública, sita en el Grupo San Cristóbal, fase I, calle Córdoba, 58, bloque 1, piso 10º, letra D, en el término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, al estar incurso en la causa especial 6ª de desahucio administrativo, prevista en el artº. 138 del Decreto 2.114/1968, de 24 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, publicado en el Boletín Oficial del Estado de 7 de septiembre de 1968.

- Desahuciar a D. José Paz González, por no destinar a domicilio habitual y permanente, la vivienda de promoción pública, sita en el Grupo Lanzarote, calle Magistral Roca Ponsa, 1, piso 3º, letra derecha, en el término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, al estar incurso en la causa especial 6ª de desahucio administrativo, prevista en el artº. 138 del Decreto 2.114/1968, de 24 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, publicado en el Boletín Oficial del Estado de 7 de septiembre de 1968.

- Desahuciar a D. José Ortega García, por no destinar a domicilio habitual y permanente, la vivienda de promoción pública, sita en el Grupo Cruz de Piedra, fase I, calle Ftco. Manuel Blanco, 3, bloque 4, piso 8º, letra B, en el término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, al estar incurso en la causa especial 6ª de desahucio administrativo, prevista en el artº. 138 del Decreto 2.114/1968, de 24 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, publicado en el Boletín Oficial del Estado de 7 de septiembre de 1968.

- Desahuciar a D. Juan López Noda, por no destinar a domicilio habitual y permanente, la vivienda de promoción pública, sita en el Grupo Jinámar I, bloque 10, piso 7º, letra B, nº de cuenta 374, en el término municipal de Telde, al estar incurso en la causa especial 6ª de desahucio administrativo, prevista en el artº. 138 del Decreto 2.114/1968, de 24 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, publicado en el Boletín Oficial del Estado de 7 de septiembre de 1968.

- Desahuciar a Dña. Guadalupe Corujo Luzardo, por no destinar a domicilio habitual y permanente, la vivienda de promoción pública, sita en el Grupo Jinámar, fase III, bloque 10, piso 11º, letra B, en el término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, al estar incursa en la causa especial 6ª de desahucio administrativo, prevista en el artº. 138 del Decreto 2.114/1968, de 24 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, publicado en el Boletín Oficial del Estado de 7 de septiembre de 1968.

- Desahuciar a D. Florentino Cabrera Carballo, por no destinar a domicilio habitual y permanente, la vivienda de promoción pública, sita en el Grupo Jinámar II, bloque 21, piso 5º, letra C, nº de cuenta 958, en el término municipal de Telde, al estar incurso en la causa especial 6ª de desahucio administrativo, prevista en el artº. 138 del Decreto 2.114/1968, de 24 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, publicado en el Boletín Oficial del Estado de 7 de septiembre de 1968.

- Desahuciar a D. Miguel Hernández Santana, por no destinar a domicilio habitual y permanente, la vivienda de promoción pública, sita en el Grupo Jinámar II, bloque 22, piso 10º, letra D, nº de cuenta 1026, en el término municipal de Telde, al estar incurso en la causa especial 6ª de desahucio administrativo, prevista en el artº. 138 del Decreto 2.114/1968, de 24 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, publicado en el Boletín Oficial del Estado de 7 de septiembre de 1968.

- Desahuciar a D. Domingo Rodríguez Barrios, por no destinar a domicilio habitual y permanente, la vivienda de promoción pública, sita en el Grupo Jinámar II, bloque 5, piso 4º, letra A, nº de cuenta 204, en el término municipal de Telde, al estar incurso en la causa especial 6ª de desahucio administrativo, prevista en el artº. 138 del Decreto 2.114/1968, de 24 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, publicado en el Boletín Oficial del Estado de 7 de septiembre de 1968.

- Desahuciar a D. Juan Felipe Viera, por no destinar a domicilio habitual y permanente, la vivienda de promoción pública, sita en el Grupo Jinámar II, bloque 47, piso 2º, letra C, nº de cuenta 1646, en el término municipal de Telde, al estar incurso en la causa especial 6ª de desahucio administrativo, prevista en el artº. 138 del Decreto 2.114/1968, de 24 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, publicado en el Boletín Oficial del Estado de 7 de septiembre de 1968.

- Desahuciar a D. José Jiménez Castellano, por no destinar a domicilio habitual y permanente, la vivienda de promoción pública, sita en el Grupo 56 Viviendas José Antonio, calle Lanzarote, 8, viviendas 13, en el término municipal de Puerto del Rosario, al estar incurso en la causa especial 6ª de desahucio administrativo, prevista en el artº. 138 del Decreto 2.114/1968, de 24 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, publicado en el Boletín Oficial del Estado de 7 de septiembre de 1968. - Desahuciar a D. Antonio Sosa Martín, por no destinar a domicilio habitual y permanente, la vivienda de promoción pública, sita en el Grupo Jinámar III, bloque 12, piso 6º, letra B, nº de cuenta 344, en el término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, al estar incurso en la causa especial 6ª de desahucio administrativo, prevista en el artº. 138 del Decreto 2.114/1968, de 24 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, publicado en el Boletín Oficial del Estado de 7 de septiembre de 1968.

- Desahuciar a D. Sergio Páez García, por no destinar a domicilio habitual y permanente, la vivienda de promoción pública, sita en el Grupo Jinámar V, bloque 9, portal B, puerta 9, nº de cuenta 281, en el término municipal de Telde, al estar incurso en la causa especial 6ª de desahucio administrativo, prevista en el artº. 138 del Decreto 2.114/1968, de 24 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, publicado en el Boletín Oficial del Estado de 7 de septiembre de 1968.

Que transcurridos quince días de la notificación de la Resolución y salvo que por el interesado se haga entrega de las llaves de la vivienda en cuestión en las dependencias de esta Dirección General, se proceda al lanzamiento del mismo de la vivienda adjudicada, así como del mobiliario y enseres, y demás personas que en ella hubiere.

El lanzamiento será ejecutado por esta Dirección General, que designará la/s persona/s que haya/n de llevarlo a efecto, pudiendo recabar si lo estima necesario la ayuda de los agentes de la autoridad.

Contra el presente acto, que no agota la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la notificación de la presente, recurso ordinario ante el Ilmo. Sr. Viceconsejero de Infraestructuras, de la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Aguas del Gobierno de Canarias.

Las Palmas de Gran Canaria, a 12 de noviembre de 1998.- El Director General de Vivienda, Miguel Ángel Pulido Rodríguez.

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