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El Decreto 265/1997, de 12 de noviembre (B.O.C. de 3 de diciembre), por el que se regula la supervisión y autorización de los libros de textos y otros materiales curriculares para su uso en los centros docentes no universitarios de la Comunidad Autónoma de Canarias, establece los criterios para su aprobación.
La Orden de 9 de diciembre de 1997, por la que se desarrolla el Decreto 265/1997, de 12 de noviembre (B.O.C. de 18 de febrero de 1998), desarrolla la documentación y requisitos que han de incluir y cumplir los proyectos y materiales curriculares así como los términos en que debe quedar reflejada la autorización de los libros de textos y materiales curriculares.
Con las anteriores normas se pretende la adecuación de los libros de textos y materiales curriculares a los currículos vigentes en nuestra Comunidad Autónoma.
En virtud de las mencionadas normas, la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa, a quien corresponde el ejercicio de las competencias asignadas en materia de autorización de libros de textos y materiales didácticos, según establece el Decreto Territorial 305/1991, de 29 de noviembre (B.O.C. de 9 de diciembre),
R E S U E L V E:
Primero: publicar en el Boletín Oficial de Canarias los proyectos editoriales y materiales curriculares que se mencionan en el anexo de esta Resolución.
Segundo: los libros de textos y los materiales curriculares publicados en el anexo deberán reflejar su correspondiente autorización en los siguientes términos:
Libro de texto/material curricular de la etapa (o ciclo formativo, en su caso) ..., ciclo ... (o curso, en su caso), área ... (materia o módulo, en su caso), aprobado para su uso en los centros docentes públicos y privados de la Comunidad Autónoma de Canarias por Resolución de la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa de ... (fecha).
Tercero: a tenor de lo establecido en el artículo 5 de la Orden de 9 de diciembre de 1997, Las empresas editoriales remitirán un ejemplar de los libros de textos y materiales curriculares autorizados, así como de las sucesivas versiones de cada uno de ellos, a la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa, una vez que hayan sido editados y sin perjuicio de la exigencia legal de otras remisiones de ejemplares al Ministerio de Educación y Cultura que el Ordenamiento estatal prevea.
Santa Cruz de Tenerife, a 2 de diciembre de 1998.- El Director General de Ordenación e Innovación Educativa, Manuel Hernández Cabrera.
A N E X O
EDITORIAL McGRAW-HILL/INTERAMERICANA DE ESPAÑA, S.A.
- Proyecto Editorial del área de Ciencias de la Naturaleza (Biología y Geología) del tercer curso de la Educación Secundaria Obligatoria.
EDITORIAL EDITEX, S.A.
- Proyecto Editorial de Matemáticas de primero de la Educación Secundaria Obligatoria.
- Proyecto Editorial de Matemáticas de segundo de la Educación Secundaria Obligatoria.
- Proyecto Editorial de Matemáticas del primer curso de Bachillerato correspondiente a la modalidad de Ciencias de la Naturaleza y la Salud y Tecnología. EDITORIAL SANTILLANA DE EDICIONES, S.A.
- Proyecto Editorial de Filosofía del primer curso de Bachillerato.
EDITORIAL ANAYA
- Proyecto Editorial de Conocimiento del Medio de quinto curso de Educación Primaria.
- Proyecto Editorial de Historia de la Filosofía de segundo de Bachillerato correspondiente a la modalidad de Humanidades y Ciencias Sociales.
- Proyecto Editorial de Matemáticas Aplicadas a las Ciencias Sociales de segundo curso de Bachillerato correspondiente a la modalidad de Humanidades y Ciencias Sociales.
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