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BOC Nº 160. Miércoles 23 de Diciembre de 1998 - 4262

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Empleo y Asuntos Sociales

4262 - Instituto Canario de Formación y Empleo (ICFEM).- Anuncio de 18 de septiembre de 1998, del Director, sobre notificación de Resolución denegatoria a la empresa Gramacan, S.A., en ignorado domicilio, para proceder a la tramitación y conclusión del expediente de solicitud de subvención.- Expte. nº 18916/96.

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Habiendo sido intentada en repetidas ocasiones la notificación del citado requerimiento en el domicilio que figura en el expediente incoado por el Instituto Canario de Formación y Empleo sin que haya sido recibido por el interesado, es por lo que, conforme a lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre de 1992, se hace saber a la misma que con fecha 25 de junio de 1998 fue efectuada notificación de resolución denegatoria del tenor literal siguiente:

Visto el expediente referenciado incoado a instancia de D. Santiago Roque Correa, en representación de la empresa Gramacan, S.A., en virtud de solicitud presentada el día 4 de octubre de 1996 ante el Instituto Canario de Formación y Empleo, mediante la cual interesa la concesión de subvención destinada a la creación de 1 puesto nuevo de trabajo de carácter indefinido, prevista en la Sección 2ª, Capítulo I del Título I del Decreto 69/1996, de 18 de abril (B.O.C. nº 55, de 6.5.96), por el que se regulan los Programas para el fomento y mantenimiento del empleo y de la economía social, y Resultando que queda acreditado en el expediente que la empresa peticionaria tiene una subvención concedida por Resolución nº 3925, de fecha 15 de diciembre de 1995 del Ilmo. Sr. Director del Instituto Canario de Formación y Empleo, por la conversión de puestos de trabajo temporales en indefinido, que con fecha 17 de diciembre de 1997 tenía pendiente de justificar.

Considerando que el Instituto Canario de Formación y Empleo es competente para conocer el presente expediente, a tenor de lo establecido en el artículo 5.Uno del Decreto 69/1996, de 18 de abril, por el que se regulan los Programas para el fomento y el mantenimiento del empleo y de la economía social.

Considerando la competencia que me atribuye el artículo 5.Dos del mencionado Decreto.

Considerando que conforme a lo previsto en el artículo 8.Uno del Decreto 69/1996, de 18 de abril, por el que se regulan los Programas para el fomento y el mantenimiento del empleo y de la economía social (B.O.C. nº 55, de 6 de mayo), no podrán concederse nuevas subvenciones mientras el solicitante no haya procedido a justificar las recibidas con anterioridad por el Instituto Canario de Formación y Empleo, cuando el plazo de justificación hubiese vencido.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación,

R E S U E L V O:

Denegar la subvención solicitada por la entidad Gramacan S.A., a los efectos de acogerse a las subvenciones previstas en las Secciones 1ª y 2ª del Capítulo I del Título I del Decreto 69/1996, de 18 de abril “Subvenciones a la creación de nuevos puestos de trabajo con carácter indefinido”, por los motivos expuestos.

Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso ordinario, ante el Excmo. Sr. Consejero de Empleo y Asuntos Sociales, en el plazo de un mes desde la notificación de la presente Resolución.

Las Palmas de Gran Canaria, a 18 de septiembre de 1998.- El Director, Francisco Zumaquero García.

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