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BOC Nº 150. Lunes 30 de Noviembre de 1998 - 1759

III. OTRAS RESOLUCIONES - Presidencia del Gobierno

1759 - Academia Canaria de Seguridad.- Resolución de 3 de noviembre de 1998, del Director, por la que se convoca un curso de especialización en Policía de Tráfico y Atestados, en su edición de Fuerteventura, dirigido a Policías Locales de la Comunidad Autónoma de Canarias e incluido en el Primer Programa de Formación de Policías Locales para 1998.

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Por Resolución de la Viceconsejería de Justicia y Seguridad de 16 de septiembre de 1998 (B.O.C. nº 123, de 28 de septiembre), se convoca dentro de las acciones previstas en el Primer Programa de Formación de Policías Locales de Canarias (B.O.C. nº 104, de 17.8.98), curso de especialización destinado a Policías Locales de la Comunidad Autónoma de Canarias.

En el anexo I de dicha Resolución se incluía un curso de especialización denominado Curso en Policía de Tráfico y Atestados que contemplaba tres ediciones, una de las cuales se desarrollaría en la isla de Fuerteventura.

Toda vez que el número de instancias recibidas no cubre el cupo de plazas previstas, lo que conllevaría a que la realización de dicho curso no resultase provechosa, es por lo que se hace preciso ampliar el plazo de presentación de instancias al objeto de posibilitar que puedan presentarse nuevas solicitudes para que resulte eficaz su celebración. En consecuencia, y de conformidad con las competencias atribuidas en el Decreto 172/1998, de 8 de octubre, por el que se regula la Academia Canaria de Seguridad, resuelvo convocar el mencionado curso de acuerdo con las siguientes

BASES

Primera.- Requisitos de los participantes.

Podrán solicitar la asistencia a la actividad académica convocada los funcionarios de los Cuerpos de Policía Local de la Comunidad Autónoma de Canarias que reúnan los requisitos exigidos.

Segunda.- Solicitudes.

Quienes deseen participar en el curso de especialización programado deberán presentar solicitud según modelo que se acompaña como anexo II de esta Resolución, en las dependencias de la Academia Canaria de Seguridad, sitas en la calle León y Castillo, 431, 1ª planta (Edificio Urbis), Las Palmas de Gran Canaria, y en la Plaza de San Francisco, 15, Santa Cruz de Tenerife, debiendo consignar los interesados el nombre del curso y todos sus datos personales y administrativos, así como las funciones desempeñadas en su puesto de trabajo actual, conformadas por su superior jerárquico directo.

Tercera.- Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de quince días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

Cuarta.- Calendario.

El curso se desarrollará con la duración y la fecha señalada o que en cada caso se notifique a los admitidos de acuerdo a lo previsto en el anexo I de esta Resolución. Quinta.- Selección de participantes.

La Academia Canaria de Seguridad realizará la selección de los participantes atendiendo a los siguientes criterios: a) Relación del puesto de trabajo desempeñado con el contenido y objetivos del curso.

b) Antigüedad en el Cuerpo.

Una vez hecha la selección, se les comunicará por escrito notificándoseles en la dirección del puesto de trabajo reseñado en la solicitud.

Quedarán desestimadas aquellas solicitudes en que no recaiga comunicación expresa de admisión. Sexta.- Derechos de inscripción.

El curso que se convoca por la meritada Resolución es de carácter gratuito.

Séptima.- Diplomas de asistencia o aprovechamiento.

Se otorgará diploma de asistencia a quienes participen en el curso siempre que la asistencia no sea inferior al 90% de las horas programadas.

Para optar a los diplomas de aprovechamiento, la Academia Canaria de Seguridad establecerá, de acuerdo con los tutores o profesorado del curso, el régimen de pruebas o la presentación de trabajos que acredite el conocimiento de las materias en que versa el curso.

Octava.- Cláusula de modificación.

La Academia Canaria de Seguridad podrá ampliar y suspender las actividades así como modificar las bases, fecha, y contenido de las mismas por circunstancias que estén suficientemente justificadas.

Novena.- Causas de no admisión de la solicitud.

a) No ajustarse al modelo de instancia recogido en el anexo II de esta Resolución.

b) No pertenecer el solicitante al grupo de destinatarios a que se dirige el curso.

c) La omisión, inexactitud o no coincidencia con la realidad de los datos consignados. d) La omisión de firma y conformidad del superior jerárquico.

e) Presentación de la solicitud fuera del plazo establecido en la base tercera.

Décima.- Información adicional.

Se podrá solicitar información adicional en las dependencias de la Academia Canaria de Seguridad o llamando a los teléfonos (928) 296025 y (922) 534824.

Undécima.- La Academia Canaria de Seguridad podrá clarificar cuantas dudas puedan surgir en la interpretación de esta Resolución, así como en la fijación de criterios complementarios por razones de índole pedagógica u otra naturaleza que lo hagan necesario.

Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de noviembre de 1998.- El Director, Bruno Suárez Medina.

A N E X O I

CURSO DE ESPECIALIZACIÓN

CURSO EN POLICÍA DE TRÁFICO Y ATESTADOS

Edición: 1.

Fuerteventura.

Objetivos: capacitar al alumno para realizar plenamente las tareas de policía de tráfico. Adquirir el conocimiento de la normativa de circulación y seguridad vial y su actuación en materia de control de tráfico.

Duración: 60 horas.

Número de plazas: 30.

Lugar y fecha de celebración.

Fuerteventura: a determinar.

Ver anexos - página 14166

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