Estás en:
Mediante Orden de 5 de mayo de 1998 se convoca concurso público para la concesión de subvenciones directas a Pymes del sector terciario.
Considerando que en la normativa relativa a estas subvenciones figura el plazo de justificación hasta el 15 de noviembre.
Considerando que el plazo de justificación de la citada convocatoria es insuficiente y perjudica a las empresas solicitantes de la misma.
Vistos el Decreto 337/1997, de 19 de diciembre, por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, la Orden de 5 de mayo de 1998, de convocatoria de las repetidas subvenciones, demás legislación aplicable al caso y en uso de las atribuciones que me confieren las disposiciones vigentes,
D I S P O N G O:
Modificar la Orden de 5 de mayo de 1998, por la que se convoca la concesión de subvenciones directas a Pymes del sector terciario, de manera que la disposición decimoquinta, tres quede redactada de la siguiente forma:
Decimoquinta.- Tres. El plazo para la justificación de la actividad correspondiente a la subvención concedida finalizará al mes de la aceptación de la subvención por el beneficiario.
Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la correspondiente Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación, previa comunicación al Consejero de Economía y Hacienda, de conformidad con lo establecido en el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Las Palmas de Gran Canaria, a 30 de octubre de 1998.
EL CONSEJERO DE ECONOMÍA Y HACIENDA, José Carlos Francisco Díaz.
© Gobierno de Canarias