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Mediante Resolución de 15 de junio de 1998, de la Dirección General de la Función Pública, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 84, de 10 de julio, se dispuso el cumplimiento de la sentencia nº 102 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, recaída en los recursos acumulados números 45/96, 112/96 y 113/96, interpuestos, el primero, por D. Francisco Javier Mejías Campos y los otros por D. Juan Dimas Sesto Tejedor, cuyo fallo es del siguiente tenor: estimar en parte los recursos interpuestos por las representaciones de D. Francisco Javier Mejías Campos y D. Juan Dimas Sesto Tejedor, contra la Resolución de 23 de noviembre de 1995, de la Dirección General de la Función Pública, anulando dicho acto por no ser conforme a Derecho y ordenando, en su lugar, a la Administración demandada que proceda a adjudicar las plazas a los aspirantes que resultaron aprobados en las pruebas selectivas convocadas por Decreto 224/1987, de 27 de noviembre, conforme al criterio sentado en el fundamento jurídico segundo de esta Resolución y con plena sujeción a las reflexiones expuestas en la misma, desestimando, al propio tiempo, el recurso contencioso deducido por la representación de D. Juan Dimas Sesto Tejedor contra el Acuerdo de 16 de noviembre de 1995, de la Dirección General de la Función Pública, al ajustarse el mismo a Derecho, todo ello sin hacer imposición de costas.
La mencionada sentencia en su fundamento jurídico segundo establece el criterio con arreglo al cual la Administración debe proceder a la adjudicación de los puestos a los aspirantes que resultaron aprobados en las pruebas selectivas convocadas por Decreto 224/1987, de 27 de noviembre: ... dando preferencia, sin exclusión del Sr. Sesto Tejedor, a la condición de interino de los aspirantes aprobados en el momento de la convocatoria de las pruebas selectivas, luego a la prioridad establecida en el apartado 5 de la Disposición Transitoria Novena de la Ley 2/1987 y finalmente a la puntuación de cada uno de los aprobados en el proceso de selección .... De acuerdo con dicho criterio se efectuaron en su día las adjudicaciones en la Resolución de 23 de noviembre de 1995, de la Dirección General de la Función Pública, salvo en el caso de D. Juan Dimas Sesto Tejedor, porque habiendo obtenido el primer puesto en las referidas pruebas selectivas se le adjudicó, sin embargo, la plaza pedida en octavo lugar.
Conforme a lo expuesto debe adjudicarse al Sr. Sesto Tejedor la plaza solicitada, en su escrito de 2 de noviembre de 1995, en primer lugar, esto es, la plaza nº 150503020, denominada Inspector, de la Dirección General de Comercio y Consumo, que actualmente se corresponde con la plaza nº 141204020, de igual denominación, de la Dirección General de Consumo; plaza que, no obstante, fue adjudicada a D. Cristino Fernando González Delgado, aspirante que obtuvo el sexto puesto en las citadas pruebas selectivas.
Respecto al Sr. González Delgado, atendiendo igualmente el orden de preferencia manifestado en su solicitud, resulta que la plaza que pide en primer lugar se le adjudica al Sr. Sesto Tejedor como queda expuesto; que las plazas solicitadas en segundo y sexto lugar se le adjudicaron a Dña. Clara Mercedes Pano Sánchez y D. Esteban Díaz de la Rosa, respectivamente, aspirantes con mejor derecho; las plazas pedidas en tercer y cuarto lugar fueron excluidas antes de la adjudicación de entre las ofertadas por Acuerdo de 16 de noviembre de 1995, exclusión que la propia sentencia en su fundamento jurídico tercero declara ajustada a Derecho, siendo fiel expresión del ejercicio de la potestad organizadora de la Administración; y por último, las plazas pedidas en quinto y séptimo lugar no existen en la actualidad al haber sido suprimidas en la relación de puestos de trabajo, deviniendo imposible, por tanto, su adjudicación. De modo que la única plaza cuya adjudicación procede, siguiendo el orden manifestado por el Sr. González Delgado, es la plaza solicitada en octavo lugar, la nº 150503005, Administrativo, de la Dirección General de Comercio y Consumo, que actualmente se corresponde con la plaza nº 141204010, con igual denominación, en la Dirección General de Consumo.
Las adjudicaciones de puestos al resto de los aspirantes aprobados en el proceso selectivo convocado por el Decreto 224/1987, de 27 de noviembre, efectuadas mediante la Resolución de 23 de noviembre de 1995, de la Dirección General de la Función Pública, responden a los criterios recogidos en el fundamento jurídico segundo de la Resolución judicial ejecutada y en la medida en que se ajustan al cumplimiento de la declaración contenida en el fallo, deben conservarse por una aplicación evidente del principio de economía procesal.
En su virtud, de conformidad con el artículo 103 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956, en cumplimiento del fallo contenido en la sentencia nº 102, de 12 de febrero de 1998, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias,
R E S U E L V O:
Primero.- Asignar con carácter provisional a los funcionarios que se relacionan los puestos de trabajo que se indican:
Juan Dimas Sesto Tejedor:
Puesto nº 141204020 (Inspector). Centro Directivo: Dirección General de Consumo. Consejería: Sanidad y Consumo.
Cristino Fernando González Delgado:
Puesto nº 141204010 (Administrativo). Centro Directivo: Dirección General de Consumo. Consejería: Sanidad y Consumo.
Segundo.- Mantener las adjudicaciones efectuadas por Resolución de 23 de noviembre de 1995, de la Dirección General de la Función Pública, al resto de los aspirantes que resultaron aprobados en las pruebas selectivas convocadas por Decreto 224/1987, de 27 de noviembre.
Tercero.- Publicar en el Boletín Oficial de Canarias la presente Resolución para general conocimiento.
Santa Cruz de Tenerife, a 23 de julio de 1998.- El Director General de la Función Pública, Francisco Javier López de Vicuña y Artola.
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