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BOC Nº 063. Lunes 25 de Mayo de 1998 - 697

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Educación, Cultura y Deportes

697 - RESOLUCIÓN de 30 de abril de 1998, de la Dirección General de Promoción Educativa, por la que se convoca la realización, con carácter experimental, de Proyectos de Pluralidad Cultural en Centros Públicos de Educación Infantil, Primaria y/o Secundaria Obligatoria.

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Canarias, por su situación geográfica y características socioeconómicas, se ha ido configurando históricamente como una sociedad multicultural, con una larga tradición de contacto, convivencia y mestizaje con otros pueblos del mundo.

Nuestra Comunidad, por motivos de diversa índole, está siendo receptora en los últimos años de importantes flujos migratorios, por lo que desde un punto de vista educativo se hace necesario contemplar el equilibrio entre la búsqueda de una identidad propia como pueblo y la apertura hacia el conocimiento y las aportaciones que otras culturas pueden hacer a la nuestra. La incorporación a los Centros Públicos de Canarias de alumnado procedente de diferentes naciones, en gran parte no hispanohablantes, o de grupos étnicos con una cultura propia como la minoría gitana, precisa de respuestas educativas que favorezcan la igualdad de oportunidades desde la atención a la diversidad y, al mismo tiempo, aprovechen para el conjunto del alumnado el enorme potencial educativo y cultural que se deriva de esta rica variedad.

Desde las posibilidades que tiene el sistema educativo, es necesario plantear alternativas que de forma integral y progresiva intenten afrontar los diferentes aspectos que esta realidad pueda generar: el desarraigo social y escolar, la barrera idiomática inicial, la convivencia entre patrones culturales diferentes, la discriminación por razón de género o de posición social y la prevención y/o corrección de actitudes racistas o xenófobas.

Estrechamente vinculada a todo ello, es frecuente la existencia de una problemática de retraso escolar resultante de la conjunción de diversos factores: desfase entre conocimientos previos derivados de su anterior escolarización o relacionados con el nivel cultural de origen, falta de una adecuada competencia lingüística en español para poder acceder al currículum, absentismo escolar y problemas de integración personal derivados del cambio de contexto social, todo lo cual repercute en el conjunto del Centro que acoge este tipo de alumnado.

Asimismo, la influencia cada vez mayor de los medios de comunicación de masas en la transmisión y homogeneización de patrones culturales, ha de ser tenida en cuenta desde el ámbito educativo para poder afrontar la construcción de una alternativa de educación intercultural.

Pero además, el necesario desarrollo del sentido crítico para una sociedad en permanente cambio está estrechamente vinculado a la capacidad para interpretar la realidad y construir el conocimiento desde múltiples enfoques.

Por todas estas razones, sería difícil entender que la respuesta educativa a una realidad multicultural, se sitúe desde una excesiva parcelación de temas a afrontar, o desde una dinámica de trabajo individual.

Muy al contrario, cobra especial relevancia la dimensión colectiva en el análisis de la realidad y en la dinámica de trabajo, para aclarar conceptos, unificar criterios, detectar necesidades, establecer prioridades, distribuir recursos humanos y materiales y, en definitiva, tomar decisiones para la puesta en marcha de una serie de iniciativas que plasmen, en la práctica, una construcción dinámica del Proyecto Educativo del Centro, estableciendo en todo momento criterios que permitan la imprescindible evaluación procesual.

La Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo (L.O.G.S.E.), introduce en su preámbulo algunas referencias a estos temas: La educación permite avanzar en la lucha contra la discriminación y la desigualdad, sean éstas por razón de sexo, religión u opinión, tengan un origen familiar o social, se arrastren tradicionalmente, o aparezcan continuamente en la dinámica de la sociedad. Asimismo, entre los principios que deben inspirar la actividad educativa, en su artículo 2.3.c) introduce: La efectiva igualdad de derechos entre los sexos, el rechazo a todo tipo de discriminación y el respeto a todas las culturas. Y en el artículo 63.2 se concreta: Las políticas de educación compensatoria reforzarán la acción del sistema educativo de forma que se eviten las desigualdades derivadas de factores sociales, económicos, culturales, geográficos, étnicos, o de otra índole. Por otra parte, la Ley 1/1997, de 7 de febrero, de Atención Integral a los Menores, de la Comunidad Autónoma de Canarias, en su artículo 23.2 recoge: Los menores extranjeros que se encuentren en el territorio de la Comunidad Autónoma de Canarias podrán recibir ayudas públicas que faciliten su integración social, especialmente para salvar las dificultades de idioma y el conocimiento de los usos sociales.

Atendiendo a estas orientaciones, la Orden que regula las acciones de carácter específico de compensación educativa en nuestra Comunidad, de 19 de mayo de 1995 (B.O.C. nº 77, de 21.6.95), contempla en el artículo 6º el desarrollo de Proyectos de Pluralidad Cultural.

En virtud de todo lo anterior, esta Dirección General, en uso de las competencias que le confiere el Decreto Territorial 305/1991, de 29 de noviembre (B.O.C. de 9 de diciembre), por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias,

R E S U E L V E: 1º) Convocar la realización, con carácter experimental, de Proyectos de Pluralidad Cultural a desarrollar en Centros Públicos de Educación Infantil, Primaria y/o Secundaria Obligatoria, conforme a los objetivos y condiciones que se especifican en la presente Resolución.

2º) Objetivo general.

Facilitar que los Centros Públicos, con alumnado procedente de otras naciones o de grupos étnicos con identidad cultural propia, implementen proyectos, desde la flexibilidad organizativa, la disposición de recursos y la innovación metodológica, para construir alternativas de educación intercultural que impliquen una adecuada atención a la diversidad y el enriquecimiento del currículum con las culturas en relación.

3º) Ámbito.

Preferentemente, el conjunto de un Centro educativo dependiente de la Comunidad Autónoma de Canarias, en el que se encuentre matriculado alumnado extranjero o de procedencia gitana.

En caso de que por alguna razón el Proyecto no incida sobre el conjunto del alumnado o no abarque a la totalidad del profesorado, se formulará un objetivo específico que favorezca la implantación progresiva del Proyecto en el Centro.

Es, asimismo, deseable la implicación en el Proyecto del resto de la Comunidad Educativa, así como un nivel de coordinación de objetivos y acciones concretas en el ámbito del Distrito.

4º) Objetivos específicos.

4.1. Integración por parte de la Comunidad Educativa de la riqueza que aporta la pluralidad cultural, asumiéndola en el Proyecto Educativo del Centro:

a) Con la incorporación al currículum de aspectos que enriquezcan la educación en valores y el conocimiento de otras realidades socioculturales, así como con estrategias de atención a la diversidad y criterios de evaluación formativa.

b) Con la adaptación del régimen interno a la realidad multicultural del Centro, especialmente en cuanto a mecanismos de participación de la Comunidad Educativa, flexibilidad organizativa, dinámica de trabajo colaborativo, organización de las actividades escolares, extraescolares y complementarias, planificación de los servicios y prevención/resolución de conflictos.

c) Con planteamientos que potencien el pensamiento crítico, la comprensión de la realidad y la construcción del conocimiento desde enfoques diversos.

d) Con la plasmación en cada Plan General Anual de medidas de mejora concretas que permitan evaluar los avances y afrontar las dificultades.

4.2. Organizar y sistematizar el aprendizaje de la lengua española, desde una perspectiva fundamentalmente funcional y, en la medida de lo posible, preservando la lengua materna, vinculada siempre a la valoración positiva de la cultura de procedencia. 5º) Solicitantes.

Podrán acogerse a la presente Resolución los Centros Públicos que tengan alumnado matriculado en los niveles indicados en el punto 1º y con las características reseñadas en el punto 3º.

Los proyectos han de ser presentados independientemente por cada Centro que participe en esta convocatoria, si bien cabe explicitar su predisposición a una estrecha colaboración en el ámbito de Distrito o de Zona con propuestas concretas. 6º) Documentación a presentar.

Los Centros interesados deberán presentar una instancia dirigida a la Ilma. Directora General de Promoción Educativa conforme al anexo I de la presente Resolución, adjuntando la siguiente documentación:

1. Proyecto a desarrollar durante el curso 1998/99, conteniendo al menos los apartados que a continuación se relacionan.

A) Introducción que justifique la propuesta, aportando la información y los datos que se estimen deban ser considerados, incluyendo de forma especial aquellos que no suelen quedar registrados en la memoria estadística del Centro.

B) Previsión de actuaciones que suponga un primer nivel de concreción de los objetivos indicados en el punto 4º, indicando las principales medidas organizativas y metodológicas a experimentar.

C) Relación de recursos que se consideran necesarios para el desarrollo del Proyecto, especificando cuáles están disponibles en el Centro y cuáles no, incluyendo un presupuesto que cuantifique los gastos estimados.

2. Certificación de un acuerdo del claustro que exprese:

- Aprobación del Proyecto.

- Elección de profesor o profesora que coordinará el Proyecto, haciendo constar su aceptación.

- Disponibilidad, en los horarios, de un tiempo específico para las tareas de la persona que asume la dinamización del Proyecto, flexibilizando la organización si fuera preciso para garantizar la asistencia a las reuniones de coordinación que en su momento se planifiquen conjuntamente con la Dirección General de Promoción Educativa.

- Compromiso de desarrollo del Proyecto, conforme al modelo del anexo II de la presente Resolución, firmado por el profesorado que compone el claustro en el momento de presentación del mismo. Actualización de dicho documento antes del 30 de septiembre de cada curso escolar.

3. Certificación de un acuerdo del Consejo Escolar favorable al desarrollo del Proyecto.

4. Fotocopia de la memoria estadística del Centro correspondiente al curso 1997/98.

5. Relación nominal de alumnado extranjero por nivel y nacionalidad y/o de alumnado gitano por nivel, según el caso. 6. Documentación que se considere conveniente para acreditar los aspectos a considerar en los criterios de selección reseñados en el apartado 10º de la presente Resolución.

7º) Lugar y plazo de presentación.

Los Proyectos con toda la documentación indicada en el apartado anterior, deberán presentarse preferentemente en las sedes de la Dirección General de Promoción Educativa en Las Palmas de Gran Canaria o en Santa Cruz de Tenerife, o en la correspondiente Oficina Insular de Educación en las restantes islas.

En el caso de que se presenten en cualquier otra dependencia o forma previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, debe comunicarse mediante fax o telegrama a la Dirección General de Promoción Educativa, en el plazo de 24 horas tras su presentación.

El plazo de presentación de Proyectos y documentación complementaria será de treinta días naturales a partir del siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

8º) Recursos, asesoramiento y formación.

1. Los Centros seleccionados para desarrollar Proyectos de Pluralidad Cultural contarán con una dotación económica para los gastos derivados de la puesta en marcha y desarrollo de los mismos, existiendo reserva de crédito por importe de 8.300.000 pesetas, en la aplicación presupuestaria 18.06.423 C. 229.65 del vigente Presupuesto.

2. La Dirección General de Promoción Educativa, a través del personal del Programa Experimental de Pluralidad Cultural del Área de Acciones Compensadoras, colaborará con la Inspección, Servicios de Orientación, CEPs y otros estamentos educativos en el seguimiento y asesoramiento de los Proyectos, coordinando su desarrollo en los Centros seleccionados, que de esta forma quedan vinculados al citado Programa.

Asimismo, gestionará recursos y contactos que se puedan poner al servicio de los mismos y, si cabe, propondrá alternativas para enriquecer dichos Proyectos.

Cada curso escolar la Dirección General de Promoción Educativa remitirá una Circular a los Centros vinculados al Programa Experimental de Pluralidad Cultural, para desarrollar aspectos recogidos en la presente Resolución o complementarla.

3. Se constituirá un grupo de coordinación-formación, en el seno del Programa Experimental de Pluralidad Cultural, con el profesorado elegido por los respectivos claustros para dinamizar el Proyecto, al objeto de elaborar y debatir propuestas e intercambiar información, experiencias y materiales, contando con el asesoramiento de formadores externos si se valora necesario.

4. Se diseñarán y gestionarán, ante la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa y otros organismos, planes de formación específicos para claustros completos de los Centros seleccionados.

5. Se pondrán en marcha iniciativas que favorezcan la toma de contacto entre el profesorado de los distintos Centros implicados.

6. Se potenciará la coordinación de los servicios concurrentes, con el fin de que las diferentes iniciativas que inciden en los Centros, confluyan en un Proyecto Educativo coherente que evite la dispersión o superposición de tareas y recursos.

9º) Duración.

La duración de los proyectos será inicialmente de un curso escolar, si bien la Dirección General de Promoción Educativa, teniendo en cuenta los informes elaborados por la Inspección Educativa, por el Área de Acciones Compensadoras y por el propio Centro, podrá prorrogar dichos proyectos, con las oportunas actualizaciones que en su momento se requerirían.

10º) Criterios de selección.

Los proyectos presentados serán valorados de acuerdo con los siguientes criterios:

10.1. Porcentaje de alumnado extranjero y/o gitano en el Centro. Concurrencia constatable de otras circunstancias que inciden en la realidad multicultural del Centro: situaciones de doble nacionalidad, índice de altas/bajas durante el curso que no quedan registradas en la memoria estadística, etc.

10.2. Presencia de grupos más desfavorecidos o que sufren mayores niveles de marginación social.

10.3. Riqueza de las propuestas pedagógicas y organizativas, acordes a los objetivos del punto 4º de la presente Resolución.

10.4. Grado de compromiso del colectivo docente con el desarrollo del Proyecto, primando de forma especial aquellos cuyo ámbito sea el Centro completo. Nivel de implicación del resto de la Comunidad Educativa.

10.5. Concurrencia con otras problemáticas que se deriven de la atención a la diversidad o de situaciones que precisan globalmente de una acción compensadora.

10.6. Valoración de la trayectoria del Centro en la experimentación de iniciativas de educación intercultural. 11º) Procedimiento para la selección de proyectos.

Para la valoración y selección de los proyectos se constituirá una Comisión de Selección integrada por los siguientes miembros:

- Presidenta: la Directora General de Promoción Educativa o persona en quien delegue. - Secretario/a: un funcionario o funcionaria de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes. - Vocales: un inspector o inspectora de Educación designado/a por la Inspección General, el coordinador del Programa Experimental de Pluralidad Cultural, un miembro de E.O.E.P. y una persona del equipo técnico del Área de Acciones Compensadoras de la Dirección General de Promoción Educativa.

La Comisión de Selección, de estimarlo necesario, podrá consultar a la dirección de un Centro o a la coordinación de un Proyecto, para ampliar información o aclarar aspectos que lo precisen. Una vez valorados los proyectos, la Comisión de Selección elevará a la Directora General de Promoción Educativa la relación de Centros que han presentado proyectos a esta convocatoria, ordenada de mayor a menor prioridad. La Directora General de Promoción Educativa, de conformidad con los recursos disponibles, decidirá los Centros seleccionados para la ejecución de los proyectos en el marco del Programa Experimental de Pluralidad Cultural, haciéndose pública dicha relación en las sedes de las respectivas Direcciones Territoriales y Oficinas Insulares de Educación.

12º) Justificación.

12.1. A la finalización de cada curso escolar, en los plazos que habitualmente se regulan para ello, los Centros seleccionados remitirán a la Dirección General de Promoción Educativa un extracto de la Memoria anual del Centro en el que se refleje y evalúe el nivel de desarrollo de cada Proyecto, conjuntamente con un avance de las propuestas de mejora para el curso siguiente.

12.2. La justificación de los libramientos que se autoricen se hará de acuerdo con lo previsto en la Ley 13/1997, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 1998 y el Decreto 276/1997, de 27 de noviembre, por el que se regula el procedimiento de gestión económica de los Centros docentes públicos no universitarios. A tal efecto, en su momento, se remitirá a los centros modelo adecuado en el que cumplimentarán la justificación del gasto.

Santa Cruz de Tenerife, a 30 de abril de 1998.- La Directora General de Promoción Educativa, Carmen Delia Bethencourt Falero.

A N E X O I

D./Dña. .................................................................................................................................................................................., Director/a del Centro ........................................................................................................................, código .................................., dirección ..............................................................................................................................., código postal ..............................., isla ....................................., teléfono ............................., fax .........................................., E-Mail: ................................... .

EXPONE:

De acuerdo con la Resolución de 30 de abril de 1998, de la Dirección General de Promoción Educativa, tras los oportunos acuerdos de Claustro y Consejo Escolar

SOLICITA:

La participación del Centro en la convocatoria para la realización de un Proyecto de Pluralidad Cultural en los términos que se ajustan a la citada Resolución.

En ............................................................, a ........... de .................................................................. de ............ .

EL/LA DIRECTOR/A

Sello del Centro

ILMA. SRA. DIRECTORA GENERAL DE PROMOCIÓN EDUCATIVA.

A N E X O I I

Centro: ...............................................................................................................................................................................

Dadas las implicaciones que para el conjunto del Centro puede suponer un tratamiento global de la pluralidad cultural, a través del Proyecto presentado ante la Dirección General de Promoción Educativa, atendiendo a la Resolución de .................. de abril de 1998, el profesorado firmante establece los compromisos que a continuación se relacionan.

Cada profesor/a es corresponsable del Proyecto de Pluralidad Cultural desde las funciones que se derivan de su situación en el organigrama del Centro (tutor/a, especialista, miembro del equipo directivo, etc.). Pero, además, en un contexto de potenciación de un estilo de trabajo colaborativo entre el profesorado, se compromete a:

- Flexibilizar la organización del Centro cuando sea necesario para facilitar el desarrollo del Proyecto y la consecución de los objetivos en él señalados.

- Propiciar la difusión de la información y el intercambio de ideas y materiales, consensuando iniciativas que favorezcan avances colectivos, explícitas en el Proyecto o derivadas de su evolución en el marco del Programa Experimental de Pluralidad Cultural.

- Garantizar que la persona que asume la coordinación y dinamización del proyecto pueda desarrollar las tareas que le correspondan, con recursos adecuados, acceso a la información y participación en la toma de decisiones que afecten al proyecto.

Ver anexos - página 5345

En ....................................................................., a ....... de ............................................... de ............ .

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