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BOC Nº 058. Miércoles 13 de Mayo de 1998 - 615

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Oposiciones y concursos - Consejería de Educación, Cultura y Deportes

615 - ORDEN de 24 de abril de 1998, por la que se aprueba el expediente de los procedimientos selectivos convocados por Orden de la Consejería de Presidencia y Relaciones Institucionales de 28 de mayo de 1997, de ingreso en el Cuerpo de Maestros para plazas situadas en islas no capitalinas.

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Por Orden de la Consejería de Presidencia y Relaciones Institucionales de 28 de mayo de 1997 (B.O.C. nº 69, de 29.5.97), se convocó procedimiento selectivo de ingreso en el Cuerpo de Maestros para plazas situadas en islas no capitalinas.

Por Resolución de la Dirección General de Personal de 12 de junio de 1997 (B.O.C. nº 81, de 23.6.97), se nombraron las Comisiones de Selección y los Tribunales que habrían de juzgar las pruebas selectivas, los cuales, en cumplimiento de lo previsto en la base octava de la Orden de convocatoria, remitieron a la Dirección General de Personal las propuestas de los aspirantes seleccionados, así como la documentación de los mismos.

Verificadas las actuaciones de los Tribunales y Comisiones de Selección se constató que las mismas se habían ajustado a los preceptos del Real Decreto 850/1993, de 4 de junio, y a la propia Orden de convocatoria. En consecuencia, de acuerdo con el apartado 8.3 de la base octava se hicieron públicas por Orden de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de 19 de agosto de 1997 (B.O.C. nº 113, de 29.8.97), las listas de aspirantes que superaron el proceso selectivo.

Por Orden de 13 de octubre de 1997 (B.O.C. nº 143, de 5.11.97), se nombran funcionarios en prácticas a los opositores que superaron los procedimientos selectivos de ingreso en el Cuerpo de Maestros para plazas situadas en islas no capitalinas. Por Resolución de la Dirección General de Personal de 3 de noviembre de 1997 (B.O.C. nº 146, de 12.11.97), se reguló dicha fase de prácticas.

Transcurrido el período de prácticas y elevadas a la Dirección General de Personal las actas de evaluación, procede examinar el expediente del procedimiento selectivo y resolver en su consecuencia.

Visto el artículo 38 del Real Decreto 850/1993, de 4 de junio, en el que se establece: “concluida la fase de prácticas y comprobado que todos los aspirantes declarados aptos en la misma reúnen los requisitos generales y específicos de participación establecidos en la convocatoria, los órganos convocantes aprobarán los expedientes del proceso selectivo ...”

En su virtud, esta Consejería

HA DISPUESTO:

Primero.- Declarar que han superado la fase de prácticas, por haber sido evaluados como “aptos” por la Comisión Calificadora correspondiente, todos los aspirantes que se incluyen en el anexo de esta Orden.

Segundo.- Por el Ministerio de Educación y Cultura se procederá, oportunamente, al nombramiento de funcionarios de carrera de los aspirantes que se mencionan en dicho anexo.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, a interponer en el plazo de dos meses desde su publicación, previa la comunicación a esta Consejería de Educación, Cultura y Deportes, exigida en el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Santa Cruz de Tenerife, a 24 de abril de 1998.

EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES, José Mendoza Cabrera.

Ver anexos - páginas 4883-4886

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