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Vista la petición formulada por el Ayuntamiento de Tacoronte en solicitud de aumento de las tarifas de agua de abastecimiento a poblaciones.
RESULTANDO
Que el expediente fue sometido a informe de la Comisión Territorial de Precios de Santa Cruz de Tenerife, emitido en sesión ordinaria celebrada el 26 de marzo de 1998 y dictaminando favorablemente las tarifas propuestas por el Ayuntamiento de Tacoronte, que son las que a continuación se reflejan:
TARIFAS DE CONSUMO BIMESTRAL
Consumo doméstico:
Concepto Importe Incremento %
De 0 a 20 m3 45 ptas./m3 - - - De 21 a 30 m3 110 ptas./m3 - - - De 31 a 40 m3 170 ptas./m3 - - - De 41 a 55 m3 210 ptas./m3 - - - Más de 55 m3 534 ptas./m3 - - - Consumo industrial:
Concepto Importe Incremento %
De 0 a 20 m3 150 ptas./m3 - - - De 21 a 40 m3 250 ptas./m3 - - - De 41 a 55 m3 320 ptas./m3 - - - Más de 55 m3 420 ptas./m3 - - -
Uso colectivo en comunidades de propietarios o individualizadas:
Tarifa única 200 ptas./m3
Uso municipal:
Tarifa única 225 ptas./m3
Uso agrícola:
Tarifa única 534 ptas./m3
Uso en obras:
De 0 a 20 m3 150 ptas./m3 De 21 a 40 m3 250 ptas./m3 De 41 a 55 m3 320 ptas./m3 Más de 55 m3 420 ptas./m3
Cuotas de servicio:
Calibre de contador (mm) Cuota bimestral (ptas.)
Hasta 15 1.550 20 3.100 25 6.200 30 9.300 40 12.400 50 15.500
Canon de mantenimiento de contadores:
225 ptas./bimestre 230 ptas./bimestre 2,2
CONSIDERANDO
Que el presente expediente ha sido tramitado con sujeción al procedimiento establecido en el Real Decreto 2.695/1977, de 28 de octubre, en relación con el Real Decreto 2.226/1977, de 27 de julio, y a la Orden de 30 de septiembre del mismo año.
Vistos la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y el Real Decreto-Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local; el Real Decreto 3.173/1983, de 19 de noviembre; el Real Decreto 7/1996, de 7 de junio, sobre medidas urgentes de carácter fiscal y de fomento y liberalización de la actividad económica, por el que se modifica el régimen de precios de determinados bienes y servicios, y se deroga la Orden de 23 de diciembre de 1987.
Vistos los Decretos del Gobierno de Canarias 187/1995, de 20 de julio, de reestructuración de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias; 212/1991, de 11 de septiembre, de Organización de los Departamentos de la Administración Autonómica de Canarias; 323/1995, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Industria y Comercio, y demás disposiciones concordantes de general y especial aplicación,
D I S P O N G O:
Autorizar al Ayuntamiento de Tacoronte las tarifas de agua de abastecimiento a poblaciones solicitadas y aprobadas por la Comisión Territorial de Precios, las cuales quedarán establecidas en las cuantías anteriores expresadas a partir de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, para el año 1998.
Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, a interponer en el plazo de dos meses desde su publicación, previa la comunicación a la Consejería de Industria y Comercio establecida en el artº. 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.
Santa Cruz de Tenerife, a 26 de marzo de 1998.
EL CONSEJERO DE INDUSTRIA Y COMERCIO, PRESIDENTE DE LA COMISIÓN TERRITORIAL DE PRECIOS DE SANTA CRUZ DE TENERIFE, Francisco de la Barreda Pérez.
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