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Por el Pleno Extraordinario, celebrado el día veintiséis de noviembre de mil novecientos noventa y siete, se adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
Punto cuarto: obras y urbanismo.
4.5. Aprobación definitiva del Estudio de Detalle referido a las parcelas 13 y 14 de Tabaiba Baja, promovido por D. Salvador Yordá Díaz.
Resultando que mediante Decreto de la Alcaldía de fecha 15 de octubre pasado, inscrito en el libro 12, folio 14, se dispuso la aprobación inicial del Estudio de Detalle promovido por D. Salvador Yordá Díaz, referido a las parcelas 13 y 14 de Tabaiba Baja, cuyo objeto es fijar el uso pormenorizado de viviendas adosadas.
Resultando que el expediente ha sido expuesto al público mediante anuncio en el Boletín Oficial de Canarias nº 142, del día 3 de noviembre pasado, y en el Diario El Día del 12 de noviembre.
Visto que ha transcurrido el plazo legal, sin que a su término se haya presentado alegación alguna, tal y como consta en el expediente.
Visto el dictamen emitido por la Comisión Informativa de Obras, Agua y Urbanismo, el Pleno, por unanimidad, lo que constituye mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación, acuerda: 1) Aprobar definitivamente el Estudio de Detalle referido a las parcelas 13 y 14 de Tabaiba Baja, promovido por D. Salvador Yordá Díaz.
2) Remitir el expediente a la Consejería de Política Territorial y Medio Ambiente, de conformidad con lo previsto en el artículo 12 de la Ley 7/1990, de Disciplina Urbanística y Territorial.
3) Proceder a la publicación en el Boletín Oficial de Canarias de este acuerdo de aprobación definitiva, haciendo constar la fecha y el número de registro de entrada del expediente en la Consejería.
Asimismo, se hace público que de conformidad con lo previsto en el artículo 12 de la Ley 7/1990, de Disciplina Urbanística y Territorial, el expediente ha sido remitido a la Consejería de Política Territorial y Medio Ambiente el pasado 17 de diciembre, número de registro de entrada 23.502.
Lo que se hace público para general conocimiento; este acuerdo pone fin a la vía administrativa, contra el mismo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de 2 meses contados desde el día siguiente a la recepción de esta notificación, sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso que se estime procedente.
La interposición de recurso contencioso-administrativo contra este acuerdo requerirá la previa comunicación al órgano que lo adoptó.
El Rosario, a 22 de diciembre de 1997.- La Secretaria General, María Anita Alonso Martínez.
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