De conformidad con lo dispuesto en la Orden de 17 de octubre de 1997 (B.O.C. de 25), por la que se convoca concurso de traslados para los funcionarios docentes de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, a fin de cubrir plazas vacantes en Centros de Enseñanzas Medias, Artísticas y de Idiomas, dependientes de la Comunidad Autónoma de Canarias, y una vez estudiadas las reclamaciones presentadas, esta Consejería
DISPONE:
Primero.- Hacer pública la adjudicación definitiva de destinos a Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, que participaron y obtuvieron destino en el presente concurso de traslados, de acuerdo con lo establecido en las bases tercera, cuarta, quinta, sexta, séptima y octava de la Orden de convocatoria, según se recoge en el anexo I de la presente Orden.
Segundo.- Hacer pública la relación ordenada por especialidades y con expresión del año de nombramiento como funcionario de carrera, de los Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, que participaron en el presente concurso de traslados, de acuerdo con lo establecido en la base quinta, y no obtuvieron destino definitivo, según se recoge en el anexo II. La situación administrativa de estos funcionarios, para el curso escolar 1997/98, será la de servicio activo pendientes de obtener destino definitivo, debiendo, por lo tanto, participar obligatoriamente, de acuerdo con el orden establecido en el referido anexo II, en el procedimiento para la adjudicación de destinos provisionales para el próximo curso escolar, de conformidad con lo establecido en la Resolución que haga pública la Dirección General de Personal.
Tercero.- Aquellos funcionarios que hayan obtenido destino por dos o más especialidades correspondientes al mismo Cuerpo o a Cuerpos diferentes, deberán presentar escrito, ante la Dirección General de Personal, formulando su opción por la especialidad en la que deseen prestar servicios durante el curso escolar 1997/98, en el plazo de veinte días a partir de la publicación de la presente Orden. De no formularse expresamente dicha opción, la Administración, de oficio, determinará dicha especialidad.
Cuarto.- Aquellos funcionarios que hayan quedado pendientes de obtener destino definitivo por dos o más especialidades correspondientes al mismo Cuerpo o a diferentes Cuerpos, deberán presentar escrito, ante la Dirección General de Personal, formulando su opción por la especialidad en la que deseen prestar servicios durante el curso escolar 1997/98, en el plazo de veinte días a partir de la publicación de la presente Orden. De no formularse expresamente dicha opción, la Administración, de oficio, determinará dicha especialidad.
Quinto.- Los interesados tomarán posesión de los nuevos destinos que se les adjudican por la presente Orden, el día 15 de septiembre de 1997.
Sexto.- Los participantes en este concurso de traslados que hayan presentado documentación para la demostración de méritos alegados, podrán retirarla, por sí o por persona debidamente autorizada, en la Dirección General de Personal, Avenida Primero de Mayo, 11, cuarta planta, Las Palmas de Gran Canaria, en el plazo de tres meses contados a partir de la finalización del plazo que se establezca para la interposición de recursos en vía contenciosa, salvo que la Administración considere necesario mantener dicha documentación en su poder a fin de dar traslado de los expedientes administrativos a los órganos judiciales correspondientes en el supuesto de que sean objeto de litigio; transcurrida esa fecha, la documentación no retirada quedará a disposición de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, en el plazo de dos meses, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, previa comunicación a la Consejería de Educación, Cultura y Deportes prevista en el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.
Las Palmas de Gran Canaria, a 17 de junio de 1997.
EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES, José Mendoza Cabrera.
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