Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 086. Viernes 4 de Julio de 1997 - 812

I. DISPOSICIONES GENERALES - Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación

812 - ORDEN de 2 de junio de 1997, por la que se derogan las Órdenes de la Consejería de Agricultura y Pesca de 30 de junio de 1989, que desarrolla el Decreto 140/1989, de 1 de junio, del Gobierno de Canarias, para ayudas a las inversiones en explotaciones colectivas y de la Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación de 4 de agosto de 1992, por la que se desarrolla el Decreto 96/1992, de 11 de junio, que establece el régimen de subvenciones a inversiones colectivas para la mejora de las explotaciones y de 11 de septiembre de 1995, por la que se establecen las normas complementarias para la tramitación y resolución de los expedientes para acogerse a los beneficios establecidos en el Decreto 108/1995, de 26 de abril, sobre medidas estructurales en favor de los sectores de flores y ornamentales, frutas tropicales y cultivos hortícolas intensivos.

Descargar en formato pdf

Las Órdenes de la Consejería de Agricultura y Pesca de 30 de junio de 1989, por la que se desarrolla el Decreto 140/1989, de 1 de junio, del Gobierno de Canarias, para ayudas a las inversiones en explotaciones agrarias y de la Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación de 4 de agosto de 1992, por la que se desarrolla el Decreto 96/1992, de 11 de junio, que establece el régimen de subvenciones a inversiones colectivas para la mejora de las explotaciones y de 11 de septiembre de 1995, por la que se establecen las normas complementarias para la tramitación y resolución de los expedientes para acogerse a los beneficios establecidos en el Decreto 108/1995, de 26 de abril, sobre medidas estructurales en favor de los sectores de flores y ornamentales, frutales tropicales y cultivos hortícolas intensivos, establecen con carácter indefinido las bases que han de regir las convocatorias de subvenciones reguladas en las mismas.

Motivos de eficacia y celeridad administrativa, aconsejan la derogación de dichas Órdenes, al objeto de regular anualmente las bases que han de regir la convocatoria de subvenciones reguladas en las mismas. En virtud de lo expuesto, y en uso de la competencia que tengo legalmente atribuida,

D I S P O N G O:

Artículo único.- Derogar las Órdenes de la Consejería de Agricultura y Pesca de 30 de junio de 1989 (B.O.C. nº 95, de 12.7.89), por la que se desarrolla el Decreto 140/1989, de 1 de junio, del Gobierno de Canarias, para ayudas a las inversiones en explotaciones agrarias y de la Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación de 4 de agosto de 1992 (B.O.C. nº 111, de 10.8.92), por la que se desarrolla el Decreto 96/1992, de 11 de junio, que establece el régimen de subvenciones a inversiones colectivas para la mejora de las explotaciones y de 11 de septiembre de 1995 (B.O.C. nº 129, de 6.10.95), por la que se establecen las normas complementarias para la tramitación y resolución de los expedientes para acogerse a los beneficios establecidos en el Decreto 108/1995, de 26 de abril, sobre medidas estructurales en favor de los sectores de flores y ornamentales, frutales tropicales y cultivos hortícolas intensivos.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 2 de junio de 1997.

EL CONSEJERO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN, Rafael de León Expósito.

© Gobierno de Canarias