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Visto que la relación de puestos de trabajo que ha venido rigiendo hasta la fecha se contenía en los Decretos 33/1995, de 24 de febrero (B.O.C. nº 33, de 17.3.95) y 111/1995, de 26 de abril (B.O.C. nº 60, de 15.5.95).
Examinado el expediente administrativo tramitado por la Consejería de Turismo y Transportes para la modificación de la relación de puestos de trabajo del Departamento citado.
Considerando la necesidad de reorganizar y ordenar los puestos de trabajo de la Consejería de Turismo y Transportes, de acuerdo con las modificaciones introducidas en su estructura orgánica por las disposiciones siguientes:
- Decreto 187/1995, de 20 de julio, de reestructuración de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias (B.O.C. nº 93, de 21.7.95).
- Decreto 350/1995, de 27 de octubre, del Presidente del Gobierno, por el que se distribuyen las dotaciones de las Secretarías Generales Técnicas afectadas por la reestructuración de la Administración Autonómica (B.O.C. nº 140, de 1.11.95), y su corrección de errores (B.O.C. nº 50, de 24.4.96). - Decreto 281/1995, de 11 de septiembre, del Reglamento Orgánico de la Consejería de Turismo y Transportes (B.O.C. nº 128, de 4.10.95).
Vistos los artículos 5, 6, 15 y 16 de la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria, el artículo 41.1 de la Ley 5/1996, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 1997, y demás disposiciones vigentes de aplicación.
En su virtud, a iniciativa del Consejero de Turismo y Transportes y a propuesta conjunta de los Consejeros de Presidencia y Relaciones Institucionales y de Economía y Hacienda, y previa deliberación del Gobierno en su reunión celebrada el día 6 de marzo de 1997,
D I S P O N G O:
Artículo único.- 1. Modificar la relación de puestos de trabajo de la Consejería de Turismo y Transportes, en los términos de los anexos I, II y III.
2. Reasignar los números de los puestos de trabajo de dicho Departamento, en los términos del anexo V.
3. Una vez efectuadas las anteriores modificaciones la relación de puestos de trabajo de la Consejería de Turismo y Transportes queda en los términos del anexo IV.
DISPOSICIÓN FINAL
El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Dado en Santa Cruz de Tenerife, a 6 de marzo de 1997.
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO, Manuel Hermoso Rojas.
EL CONSEJERO DE PRESIDENCIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES, Ignacio Manuel González Santiago.
EL CONSEJERO DE ECONOMÍA Y HACIENDA, José Carlos Francisco Díaz.
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