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Visto el acuerdo de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas de Gran Canaria del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, de 30 de diciembre de 1996, y en virtud de lo dispuesto en el artº. 64 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,
R E S U E L V O:
Primero.- Ordenar la remisión a la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas de Gran Canaria, del expediente administrativo correspondiente al recurso nº 01/0002764/1996, seguido a instancia de la Federación Sindical Administración Pública de CC.OO. de Canarias contra la Orden de 5 de diciembre de 1996, de la Consejería de Presidencia y Relaciones Institucionales, en la que se fijan los servicios mínimos en la huelga de los empleados públicos convocada en el Boletín Oficial de Canarias el 10 de diciembre de 1996.
Segundo.- Hacer pública la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, a los efectos previstos en el artº. 64 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, a fin de que los interesados en el recurso nº 01/0002764/1996, seguido a instancia de Federación Sindical Administración Pública de CC.OO. de Canarias contra la Orden de 5 de diciembre de la Consejería de Presidencia y Relaciones Institucionales, en la que fijan los servicios mínimos en la huelga de los empleados públicos convocada en el Boletín Oficial de Canarias el 10 de diciembre de 1996, puedan comparecer ante dicha Sala, en el plazo de nueve días contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución.
Santa Cruz de Tenerife, a 22 de enero de 1997.- El Secretario General Técnico, Antonio Domingo Aznar.
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