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No teniendo constancia esta Dirección General del domicilio de los titulares de los vehículos que se relacionan y siendo preciso notificarles la Resolución sancionadora recaída en el expediente incoado con motivo de infracciones a la normativa de transportes por carretera, y haciendo uso de la facultad contemplada en el artº. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
R E S U E L V O:
1.- Notificar a los titulares de los vehículos que se citan, las Resoluciones que han recaído en los expedientes sancionadores instruidos en esta Dirección General por infracción a la legislación de transportes por carretera.
Contra las Resoluciones que por la presente se notifican, podrá interponerse recurso ordinario ante el Excmo. Sr. Consejero de Turismo y Transportes del Gobierno de Canarias, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución.
2.- Remitir a los Ayuntamientos de las poblaciones que se citan, la presente Resolución para su publicación en el tablón de edictos correspondiente.
1) TITULAR: Basilio Pérez Viera; Nº EXPTE.: GC-1538-O-95; POBLACIÓN: Las Palmas de Gran Canaria; MATRÍCULA: B-5070-IL; INFRACCIÓN: artículos 90 y 140.a), en relación con el artº. 141.o) Ley 16/1987, de 30.7, artículos 41 y 197.a), en relación con el artº. 198.p) Real Decreto 1.211/1990, de 28.9 (B.O.E. de 8.10.90); CUANTÍA: 50.000 pesetas; HECHO INFRACTOR: carecer de la tarjeta de transportes en servicio público de mercancías (vehículo ligero).
2) TITULAR: Franyasmar Bus, S.L.; Nº EXPTE.: GC-2177-O-95; POBLACIÓN: Las Palmas de Gran Canaria; MATRÍCULA: GC-6449-AK; INFRACCIÓN: artículos 89 y 140.a) Ley 16/1987, artículos 105 y 197.a) Real Decreto 1.211/1990; CUANTÍA: 250.000 pesetas; HECHO INFRACTOR: realizar transporte de obreros careciendo de la autorización específica.
3) TITULAR: Julio Naranjo Ortega; Nº EXPTE.: GC-2431-O-95; POBLACIÓN: Vega de San Mateo; MATRÍCULA: A-8698-V; INFRACCIÓN: artículos 90 y 140.a) Ley 16/1987, artículos 41 y 197.a) Real Decreto 1.211/1990 (B.O.E. de 8.10.90); CUANTÍA: 250.000 pesetas, precintado 3 meses; HECHO INFRACTOR: carecer de la tarjeta de transportes en servicio público de mercancías.
4) TITULAR: Fabrilan, S.L.; Nº EXPTE.: GC-2662-O-95; POBLACIÓN: Arrecife; MATRÍCULA: GC-2818-AP; INFRACCIÓN: artículos 90 y 140.a), en relación artº. 141.o) Ley 16/1987, de 30.7, artículos 41 y 197.a), en relación artº. 198.p) Real Decreto 1.211/1990, de 28.9 (B.O.E. de 8.10.90); CUANTÍA: 50.000 pesetas; HECHO INFRACTOR: carecer de la tarjeta de transportes en servicio público de mercancías (vehículo ligero).
5) TITULAR: Isidarus L. Van Oost; Nº EXPTE.: GC-2947-O-95; POBLACIÓN: San Bartolomé de Tirajana; MATRÍCULA: GC-8859-AD; INFRACCIÓN: artículos 90 y 140.a) Ley 16/1987, de 30.7, artículos 109 y 197.a) Real Decreto 1.211/1990; CUANTÍA: 250.000 pesetas, precintado 3 meses; HECHO INFRACTOR: carecer de la tarjeta de transportes en servicio público de viajeros.
6) TITULAR: Franyasmar Bus, S.L.; Nº EXPTE.: GC-3089-O-95; POBLACIÓN: Las Palmas de Gran Canaria; MATRÍCULA: GC-4934-Z; INFRACCIÓN: artículos 89 y 140.a) Ley 16/1987, de 30.7, artículos 105 y 197.a) Real Decreto 1.211/1990, Real Decreto 2.296/1983; CUANTÍA: 250.000 pesetas; HECHO INFRACTOR: realizar transporte escolar sin autorización específica.
7) TITULAR: Mateo Santana Sánchez; Nº EXPTE.: GC-3123-O-95; POBLACIÓN: Las Palmas de Gran Canaria; MATRÍCULA: GC-5401-BH; INFRACCIÓN: artículos 90 y 140.a) Ley 16/1987, de 30.7, artículos 109 y 197.a) Real Decreto 1.211/1990; CUANTÍA: 250.000 pesetas, precintado 3 meses; HECHO INFRACTOR: carecer de la tarjeta de transportes en servicio público de viajeros.
8) TITULAR: Juan Sánchez, S.A.; Nº EXPTE.: GC-3309-O-95; POBLACIÓN: Las Palmas de Gran Canaria; MATRÍCULA: GC-5806-T; INFRACCIÓN: artículos 103 y 141.b) Ley 16/1987, de 30.7, artículos 158 y 198.b) Real Decreto 1.211/1990; CUANTÍA: 50.000 pesetas; HECHO INFRACTOR: realizar transporte privado complementario de mercancías careciendo de autorización.
9) TITULAR: Croisanteries de Lanzarote, S.L.; Nº EXPTE.: GC-0055-O-96; POBLACIÓN: San Bartolomé de Lanzarote; MATRÍCULA: GC-9207-BJ; INFRACCIÓN: artº. 142.b) Ley 16/1987, de 30.7, artº. 199.b) Real Decreto 1.211/1990 (B.O.E. de 8.10.90); CUANTÍA: 5.000 pesetas; HECHO INFRACTOR: no llevar a bordo la tarjeta de transportes en servicio privado de mercancías.
10) TITULAR: Ángel Torres Alonso; Nº EXPTE.: GC-0138-O-96; POBLACIÓN: Las Palmas de Gran Canaria; MATRÍCULA: GC-9595-AJ; INFRACCIÓN: artículos 90 y 140.a) Ley 16/1987, artículos 41 y 197.a) Real Decreto 1.211/1990 (B.O.E. de 8.10.90); CUANTÍA: 250.000 pesetas, precintado 3 meses; HECHO INFRACTOR: carecer de la tarjeta de transportes en servicio público de mercancías.
11) TITULAR: Guillermo Déniz Naranjo; Nº EXPTE.: GC-0438-O-96; POBLACIÓN: Agüimes; MATRÍCULA: GC-6871-P; INFRACCIÓN: artículos 90 y 140.a) Ley 16/1987, artículos 41 y 197.a) Real Decreto 1.211/1990 (B.O.E. de 8.10.90); CUANTÍA: 250.000 pesetas, precintado 3 meses; HECHO INFRACTOR: carecer de la tarjeta de transportes en servicio público de mercancías.
12) TITULAR: Jardy Canarias Laboral, S.L.; Nº EXPTE.: GC-0467-O-96; POBLACIÓN: Telde; MATRÍCULA: GC-4568-AN; INFRACCIÓN: artº. 142.c) Ley 16/1987, de 30.7, artº. 199.c) Real Decreto 1.211/1990 (B.O.E. de 8.10.90), Orden Ministerial de 25.10.90 (30.10.90); CUANTÍA: 15.000 pesetas; HECHO INFRACTOR: carecer de todos los distintivos en servicio privado de mercancías.
13) TITULAR: Transportes León, S.A.; Nº EXPTE.: GC-0570-O-96; POBLACIÓN: Telde; MATRÍCULA: GC-4432-O; INFRACCIÓN: artículos 90 y 140.a) Ley 16/1987, artículos 41 y 197.a) Real Decreto 1.211/1990 (B.O.E. de 8.10.90); CUANTÍA: 460.000 pesetas, precintado 1 año; HECHO INFRACTOR: carecer de la tarjeta de transportes en servicio público de mercancías.
14) TITULAR: Guillermo Déniz Naranjo; Nº EXPTE.: GC-0580-O-96; POBLACIÓN: Agüimes; MATRÍCULA: GC-8594-C; INFRACCIÓN: artículos 90 y 140.a) Ley 16/1987, artículos 41 y 197.a) Real Decreto 1.211/1990 (B.O.E. de 8.10.90); CUANTÍA: 250.000 pesetas, precintado 3 meses; HECHO INFRACTOR: carecer de la tarjeta de transportes en servicio público de mercancías.
15) TITULAR: Transportes León, S.A.; Nº EXPTE.: GC-0581-O-96; POBLACIÓN: Telde; MATRÍCULA: GC-4432-O; INFRACCIÓN: artículos 90 y 140.a) Ley 16/1987, artículos 41 y 197.a) Real Decreto 1.211/1990 (B.O.E. de 8.10.90); CUANTÍA: 460.000 pesetas, precintado 1 año; HECHO INFRACTOR: carecer de la tarjeta de transportes en servicio público de mercancías.
16) TITULAR: José Pérez Martín, S.L.; Nº EXPTE.: GC-0758-O-96; POBLACIÓN: Tuineje; MATRÍCULA: GC-7040-AF, INFRACCIÓN: artº. 142.b) Ley 16/1987, de 30.7, artº. 199.b) Real Decreto 1.211/1990 (B.O.E. de 8.10.90); CUANTÍA: 5.000 pesetas; HECHO INFRACTOR: no llevar a bordo la tarjeta de transportes en servicio público de mercancías.
Las Palmas de Gran Canaria, a 18 de diciembre de 1996.- El Director General de Transportes, Antonio Betancort González.
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