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BOC Nº 161. Lunes 16 de Diciembre de 1996 - 2039

I. DISPOSICIONES GENERALES - Consejería de Educación, Cultura y Deportes

2039 - CORRECCIÓN de errores del Decreto 260/1996, de 26 de septiembre, por el que se modifica el Decreto 192/1996, de 1 de agosto, por el que se fijan los precios a satisfacer por la prestación de servicios académicos universitarios para el curso 1996/97 (B.O.C. nº 128, de 9.10.96).

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Advertido error en el texto remitido para la publicación del Decreto 260/1996, de 26 de septiembre, por el que se modifica el Decreto 192/1996, de 1 de agosto, por el que se fijan los precios a satisfacer por la prestación de servicios académicos universitarios para el curso 1996/97, publicado en el Boletín Oficial de Canarias nº 128, de 9 de octubre, es preciso proceder a su corrección en el sentido siguiente:

- En el artículo único, punto 2,

Donde dice:

“1. Pruebas de aptitud para el acceso a la Universidad y pruebas específicas para acceso a centros: 6.962 pesetas. 3. Pruebas de conjunto para homologación de títulos extranjeros de educación superior: 13.631 pesetas.

4. Cursos de iniciación y orientación para mayores de 25 años: 11.063 pesetas.

5. Examen para tesis doctoral: 13.631 pesetas.

6. Obtención por convalidación del título de Diplomado en Escuelas Universitarias:

6.1. Por evaluación académica y profesional conducente a dicha convalidación: 14.224 pesetas.

6.2. Por trabajos exigidos para dicha convalidación: 23.689 pesetas.”

Debe decir:

“1. Pruebas de aptitud para el acceso a la Universidad y pruebas específicas para acceso a centros: 6.962 pesetas.

2. Proyectos de fin de carrera: 12.671 pesetas.

3. Pruebas de conjunto para homologación de títulos extranjeros de educación superior: 13.631 pesetas.

4. Cursos de iniciación y orientación para mayores de 25 años: 11.063 pesetas.

5. Examen para tesis doctoral: 13.631 pesetas.

6. Obtención por convalidación del título de Diplomado en Escuelas Universitarias:

6.1. Por evaluación académica y profesional conducente a dicha convalidación: 14.224 pesetas.

6.2. Por trabajos exigidos para dicha convalidación: 23.689 pesetas.”

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