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BOC Nº 152. Lunes 2 de Diciembre de 1996 - 1955

I. DISPOSICIONES GENERALES - Consejería de Economía y Hacienda

1955 - DECRETO 287/1996, de 22 de noviembre, por el que se modifica el Reglamento Orgánico de la Consejería de Economía y Hacienda (B.O.C. nº 1, de 1.1.96).

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La aplicación práctica de la normativa vigente en diversas materias relacionadas con el gasto público ha puesto de manifiesto la conveniencia de introducir puntuales modificaciones en el Reglamento Orgánico de la Consejería de Economía y Hacienda, aprobado por Decreto 338/1995, de 12 de diciembre (B.O.C. nº 1, de 1.1.96).

Mediante el presente Decreto se introduce la necesidad de que los convenios que celebre la Administración autonómica con la del Estado sean informados por el órgano competente en materia de elaboración de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias, a fin de comprobar la adecuación del convenio a las directrices presupuestarias y de control del gasto público.

Asimismo, se da una nueva redacción a las competencias de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa, comprendiendo entre las mismas la de acordar las clasificaciones para la celebración de contratos por la Comunidad Autónoma, de conformidad con las previsiones de la legislación básica de Contratos de las Administraciones Públicas. En su virtud, a propuesta de los Consejeros de Economía y Hacienda y de Presidencia y Relaciones Institucionales, y previa deliberación del Gobierno en su reunión del día 22 de noviembre de 1996,

D I S P O N G O:

Artículo 1.- Se modifica el artículo 21 del Decreto 338/1995, de 12 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Economía y Hacienda, adicionando en el número 5 un nuevo apartado, con la letra g), con la siguiente redacción:

“g) Informe previo de los convenios a suscribir entre la Administración autonómica y la Administración del Estado que supongan gastos para la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.”

Artículo 2.- Se modifica el apartado 4 del artículo 32 del Decreto 338/1995, de 12 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Economía y Hacienda, quedando redactado de la siguiente forma:

“4. Asimismo le corresponden todas aquellas competencias que la legislación autonómica y estatal atribuyen a las Juntas Consultivas de Contratación Administrativa de las Comunidades Autónomas y, específicamente, adoptar acuerdos sobre clasificación y revisión de clasificaciones, en los términos y con los efectos previstos por la legislación vigente.” DISPOSICIÓN DEROGATORIA

Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo previsto en este Decreto.

DISPOSICIÓN FINAL

El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Dado en Las Palmas de Gran Canaria, a 22 de noviembre de 1996.

EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO, Manuel Hermoso Rojas.

EL CONSEJERO DE ECONOMÍA Y HACIENDA, José Carlos Francisco Díaz.

EL CONSEJERO DE PRESIDENCIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES, Ignacio Manuel González Santiago.

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