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Examinado el expediente incoado a instancias del Excmo. Cabildo de Lanzarote, por el que solicita la creación, funcionamiento y registro de una Escuela Insular de Música, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4.5 del Decreto 179/1994, de 29 de julio, mencionado,
D I S P O N G O:
1º) Autorizar la creación y funcionamiento de la Escuela Insular de Música de Lanzarote.
2º) Por el Registro específico de Escuelas de Música y Danza, dependiente del Registro de Centros docentes, se procederá a su inscripción con el número de código 35010233.
3º) El Servicio de Inspección Educativa velará por la adecuación de la Escuela Insular de Música y Danza a lo establecido en la legislación vigente, asesorando al Centro para un mejor cumplimiento de los fines.
4º) La Escuela Insular de Música de Lanzarote podrá expedir credenciales de los estudios cursados por sus alumnos, sin que en ningún caso, su texto o formato pueda inducir a confusión con los certificados o títulos con validez académica y profesional.
Santa Cruz de Tenerife, a 3 de septiembre de 1996.
EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES, José Mendoza Cabrera.
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