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BOC Nº 060. Viernes 17 de Mayo de 1996 - 728

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Política Territorial

728 - ORDEN de 23 de abril de 1996, por la que se aprueba definitivamente la modificación de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Garachico (Tenerife), en la Caleta de Interián.

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Resultando que el Pleno del Ayuntamiento de Garachico, en sesión ordinaria celebrada el día 5 de octubre de 1994, adoptó el acuerdo de aprobar inicialmente la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de Planeamiento municipal, afectando la misma a todas las zonas del municipio, y particularmente a la modificación de espacio libre en la zona de la Caleta de Interián.

Resultando que el Pleno de la citada Corporación, en sesión ordinaria celebrada el 13 de febrero de 1995, aprobó provisionalmente la referida modificación puntual.

Resultando que la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias, en sesión celebrada el 28 de abril de 1995, acordó, entre otras cuestiones, suspender la modificación de espacio libre en la Caleta de Interián, con destino a equipamiento social, a fin de que se subsanara la omisión de la superficie ocupable por el equipamiento, el mantenimiento como espacio libre público del resto de la parcela, y la previsión de ubicación de espacio libre adicional para compensar el ocupado por la edificación, todo ello con el fin de proceder a su tramitación autónoma conforme al procedimiento previsto en el artículo 129 del Real Decreto-Legislativo 1/1992.

Resultando que el Pleno del Ayuntamiento de Garachico, en sesión ordinaria celebrada el 22 de septiembre de 1995, aprobó el correspondiente Texto Refundido con las correcciones derivadas del citado acuerdo de 28 de abril de la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias.

Resultando que la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias, en sesión celebrada el 28 de noviembre de 1995, y a la vista de que la Corporación municipal había procedido en la forma que le fue indicada, acordó informar favorablemente el citado expediente de modificación.

Considerando que la modificación propuesta consiste en destinar a equipamiento religioso una superficie destinada a espacio libre en las Normas Subsidiarias, que se compensa cambiando la calificación de una parcela destinada a equipamiento social.

Considerando que la pretendida modificación tiene el carácter de cualificada y que se requieren, con anterioridad a su aprobación definitiva, los informes favorables de la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias, en virtud del artículo 15.6 del Decreto 107/1995, de 26 de abril, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de esta Consejería, y del Consejo Consultivo de Canarias, de acuerdo con el artículo 129 del Real Decreto-Legislativo 1/1992, de 26 de junio, sobre el Texto Refundido de la Ley del Suelo y Ordenación Urbana, y los artículos 10.6 y 10.7 de la Ley 4/1984, de 6 de junio, del Consejo Consultivo de Canarias.

Considerando que este Órgano es el competente para ordenar la aprobación definitiva de dicha modificación, según lo establecido en el citado artículo 15.6 del Decreto 107/1995.

Visto el expediente instruido y los informes favorables de la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias y del Consejo Consultivo de Canarias.

En su virtud,

D I S P O N G O:

Aprobar definitivamente la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Garachico en la Caleta de Interián, en los términos del acuerdo del Pleno del Ayuntamiento del citado municipio del día 22 de septiembre de 1995.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su notificación, previa la comunicación a esta Consejería prevista en el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Santa Cruz de Tenerife, a 23 de abril de 1996.

EL CONSEJERO DE POLÍTICA TERRITORIAL, Antonio González Viéitez.

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