Siendo ignorado el domicilio de D. Manuel Carmona Carmona a efectos de la notificación del Pliego de Cargos recaído en el expediente de desahucio administrativo incoado por infracción de la reglamentación vigente en materia de viviendas de protección oficial, a los efectos de que se formulen las alegaciones pertinentes y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, esta Dirección General de Vivienda
R E S U E L V E:
Notificar a D. Manuel Carmona Carmona el siguiente Pliego de Cargos:
Vista la Resolución de la Dirección General de Vivienda de 19 de julio de 1995, por la que se incoa expediente de desahucio administrativo nº D-76/95 y de acuerdo con lo previsto en los artículos 138 y 142 del vigente Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, aprobado por Decreto 2.114/1968, de 24 de julio (B.O.E. de 7.9.68), se le imputa a D. Manuel Carmona Carmona el siguiente cargo:
No destinar como domicilio habitual y permanente la vivienda de protección oficial de promoción pública sita en el término municipal de La Laguna, Grupo 18 Viviendas Los Andenes LL-10, portal 4, 2º B, constituyendo motivo de desahucio administrativo a tenor de lo previsto en la causa sexta del artículo 138 del citado Reglamento.
Contra el presente Pliego de Cargos podrá formular las alegaciones o, en su caso, proponer las pruebas que considere oportunas para su descargo, en el plazo de ocho días a partir del siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma y tablón de edictos, conforme a lo establecido en el artículo 142 del Reglamento de Viviendas de Protección Oficial.
Santa Cruz de Tenerife, a 5 de marzo de 1996.- El Director General de Vivienda, José María Senante Mascareño.
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