Siendo necesario cubrir mediante contratación temporal de interinidad los tres puestos de trabajo reservados a personal laboral, de categoría profesional de Monitor, especialidad Educación Ambiental, que figuran vacantes en el Servicio Unidad Insular de El Hierro (1), en el Servicio Unidad Insular de Fuerteventura (1) y en el Servicio Unidad Insular de La Gomera (1) de la Viceconsejería de Medio Ambiente de esta Consejería, creado por Decreto Territorial 167/1995, de 23 de junio (B.O.C. nº 97, de 28.7.95).
En uso de las atribuciones que me han sido conferidas por el artículo 29.1.b) de la Ley 14/1990, de 26 de julio, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias,
D I S P O N G O: 1. Convocar procedimiento selectivo para la provisión de los puestos de trabajo de los Servicios Unidad Insular de El Hierro, Fuerteventura y La Gomera de la Viceconsejería de Medio Ambiente de esta Consejería, vacantes, de categoría profesional de Monitor, especialidad Educación Ambiental (Grupo III), cuyas características figuran en el anexo I de esta Orden, mediante contratación temporal en régimen laboral. 2. La modalidad contractual será la prevista en el artículo 4 del Real Decreto 2.546/1994, de 29 de diciembre, el contrato de interinidad para cubrir temporalmente un puesto de trabajo durante el proceso de selección o promoción para su cobertura definitiva.
3. Los puestos de trabajo objeto de esta convocatoria han sido incluidos en el concurso de traslado convocado por la Consejería de Presidencia y Relaciones Institucionales por Orden de 6 de septiembre de 1995 (B.O.C. nº 120, de 15.9.95).
4. El sistema de selección consistirá en un concurso-oposición, que se ajustará a las siguientes
BASES
Primera.- Requisitos de los aspirantes. Para poder participar en las pruebas selectivas, los interesados habrán de reunir los siguientes requisitos, con referencia al último día del plazo de presentación de instancias:
a) Ser ciudadano español de conformidad con las leyes vigentes.
b) Haber cumplido la edad de dieciocho años.
c) Estar en posesión del Título de Bachiller, Formación Profesional de segundo grado o equivalente.
d) No hallarse inhabilitado por sentencia firme para el ejercicio de funciones públicas, ni hallarse separado, ni haber sido despedido mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas.
e) No padecer enfermedad o defecto de cualquier tipo que imposibilite la prestación de las funciones que conlleva el puesto de trabajo.
Los requisitos expresados anteriormente se acreditarán mediante la presentación de la documentación siguiente: a) y b) Fotocopia del D.N.I. c) Documento original o fotocopia compulsada. d) Declaración jurada del interesado. e) Certificado Médico Oficial.
Segunda.- Presentación de solicitudes.
Quienes deseen participar en el procedimiento selectivo deberán presentar instancia según modelo que se inserta como anexo II a la presente convocatoria, que será facilitada gratuitamente en las dependencias de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Política Territorial en Santa Cruz de Tenerife, Rambla General Franco, 149, Edificio Mónaco; en Las Palmas de Gran Canaria, Paseo Tomás Morales, 3, Edificio Cristal; en Valverde (El Hierro), calle Simón Acosta, s/n, Edificio Extensión Agraria, planta baja; en Puerto del Rosario (Fuerteventura), calle Profesor Juan Tadeo Cabrera, 10, 1ºF y en San Sebastián de La Gomera (La Gomera), Carretera General del Sur, nº 14.
Esta instancia deberá ir acompañada de la documentación acreditativa de reunir los requisitos a que se refiere la base primera y de los que acrediten los méritos que pretende hacer valer en la fase de méritos, debidamente compulsados, cuando no se presenten originales.
El plazo de presentación de instancias será de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias.
La presentación de las instancias ha de realizarse en cualquiera de las oficinas señaladas en el apartado primero de esta base.
Igualmente podrán presentarse en las oficinas que prevé en artículo 3 del Decreto 164/1994, de 29 de julio, por el que se adaptan los procedimientos administrativos de la Comunidad Autónoma a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.C. nº 102, de 19.8.94).
Las unidades administrativas de Registro remitirán la documentación recibida a las 24 horas siguientes a la Secretaría General Técnica de la Consejería de Política Territorial.
Tercera.- Admisión.
Expirado el plazo de presentación de instancias, en el plazo de diez días hábiles, se publicará en los tablones de anuncios de las dependencias señaladas en el apartado primero de la base segunda, la lista de aspirantes admitidos y excluidos a la celebración de las pruebas, con indicación del plazo de subsanación de defectos que en los términos del artº. 71 de la Ley 30/1992 se concede a los aspirantes excluidos, y el lugar, fecha y hora de la primera prueba del sistema selectivo.
Los aspirantes que dentro del plazo de subsanación de defectos no los subsanen presentando la pertinente reclamación y justificando su derecho a ser incluidos en la lista de admitidos, serán excluidos del procedimiento de selección.
Cuarta.- Tribunal Calificador.
El Tribunal Calificador se constituirá de la siguiente forma: Presidente:
Titular: Sr. D. José Ortega García, Jefe Servicio Planes y Programas Educación Ambiental. Suplente: Sra. Dña. Mª Luz Aguiló Pastrana, Jefe Sección Educación Ambiental.
Vocal-Secretario:
Titular: Sr. D. Pedro Rubens Castro Simancas, Jefe Sección Administración General y Régimen Jurídico, representante de la Dirección General de la Función Pública. Suplente: Sra. Dña. Fátima Llarena Ascanio, Jefe Sección de Personal, representante de la Dirección General de la Función Pública. Vocal 1º: Titular: Sr. D. Agustín Aguiar Clavijo, Titulado Superior (Biología).
Suplente: Sr. D. Pedro Miguel Martín, Titulado Superior (Biología).
Miembros designados por la Coordinadora: Vocal 2º: Titular: Sr. D. Inocencio González Tosco. Suplente: Sr. D. Juan Ramón Medina Ortega.
Vocal 3º:
Titular: Sr. D. Javier López Figueroa. Suplente: Sr. D. José Luis Alonso Vega. El Tribunal podrá constituirse y actuar válidamente cuando se encuentren presentes al menos tres de sus miembros, siendo necesaria, en todo caso, la asistencia del Presidente y el Secretario.
Sus acuerdos se adoptarán por mayoría, siendo dirimente, en caso de empate, el voto del Presidente. Los miembros del Tribunal tendrán derecho a percibir las asistencias que correspondan según lo previsto en el Decreto 124/1990, de 29 de junio, modificado por Decreto 47/1992, de 3 de abril, y demás indemnizaciones que procedan.
Los miembros del Tribunal Calificador deberán abstenerse de formar parte del mismo cuando estuvieran incursos en alguno de los supuestos del artículo 28 de la Ley 30/1992.
Quinta.- Sistema selectivo. La selección se realizará por el sistema de concurso-oposición. El concurso-oposición constará de dos fases: oposición y concurso. Solamente quienes superen la primera fase pasarán a la segunda que no será eliminatoria. La suma de la puntuación obtenida en ambas fases, será la que determine el orden final de los aspirantes, quedando seleccionados de entre los mismos, y por dicho orden, un número de aspirantes igual al de plazas convocadas, como máximo.
Sexta.- Fase de oposición.
La fase de oposición se compone de dos ejercicios.
PRIMERA PRUEBA TEÓRICA
Esta prueba consistirá en desarrollar por escrito, durante una hora, un tema, a elegir por el aspirante entre los dos que correspondan por sorteo del temario que figura como anexo III.
El Tribunal podrá acordar la lectura pública de este ejercicio, pudiendo solicitar al aspirante aclaraciones sobre alguno de los aspectos de los temas desarrollados. La comunicación de esta resolución y su lugar, día y hora se formularán de viva voz al inicio del ejercicio y además mediante anuncio que se publicará en el Centro donde tenga lugar éste, quedando eliminados del sistema selectivo los aspirantes que no concurrieran al acto de lectura pública.
SEGUNDA PRUEBA PRÁCTICA Esta prueba consistirá en la resolución por escrito, en un plazo máximo de una hora, de un supuesto práctico elegido por el aspirante entre dos propuestos por el Tribunal.
Los supuestos prácticos versarán sobre las funciones a desempeñar en el puesto de trabajo y las materias que figuran en el temario del anexo III.
Calificación:
La primera y la segunda pruebas se valorarán cada una de 0 a 10 puntos, siendo necesario un mínimo de 5 puntos para superar cada una.
La calificación final de la fase de oposición vendrá determinada por la puntuación media de las puntuaciones obtenidas en las distintas pruebas que configuran esta fase.
Séptima.- Fase de concurso.
En esta fase se valorarán los méritos alegados por los aspirantes que hubieran superado la fase de oposición y que hayan sido acreditados documentalmente dentro del plazo que establece la base segunda. 1. Experiencia profesional.
Por servicios prestados en la Administración Pública de la Comunidad Autónoma Canaria, en sus Organismos Autónomos o empresas públicas, desempeñando tareas propias de la categoría profesional y especialidad, se valorarán a razón de 0,20 puntos por mes de servicios efectivamente prestados hasta un máximo de 4 puntos.
2. Cursos específicos.
Se valorarán los cursos realizados por el aspirante que tengan relación directa con las funciones a desempeñar en el puesto de trabajo al que opta, valorando con 0,2 puntos cada curso hasta un máximo de 1,6 puntos.
3. Cursos en general.
Se tendrán en cuenta otros cursos realizados por el aspirante que no tengan relación directa con las funciones a desempeñar en el puesto de trabajo al que opta, valorando con 0,1 puntos cada curso hasta un máximo de 0,4 puntos.
Octava.- Calificaciones.
La calificación final de las pruebas selectivas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de oposición y de concurso. En caso de empate, el orden final se establecerá atendiendo a la mayor puntuación en la fase de oposición.
Por el Secretario del Tribunal se levantará la correspondiente acta, que firmarán todos los miembros del mismo, y hará constar en ella los aspirantes presentados, los ejercicios celebrados, las calificaciones otorgadas y las incidencias que a juicio del Tribunal deban reflejarse en el acta.
Novena.- Comienzo y desarrollo de las pruebas.
El orden de actuación de los aspirantes comenzará por la letra O, de conformidad con lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública de 24 de marzo de 1994 (B.O.E. de 4.4.94), siendo convocados los aspirantes en único llamamiento, quedando decaídos en su derecho los que no comparezcan a realizar la primera prueba de la fase de oposición.
Los aspirantes deberán concurrir a las pruebas provistos de su Documento Nacional de Identidad. En cualquier momento los miembros del Tribunal podrán requerir a los aspirantes que acrediten su identidad.
Corresponde al Tribunal velar por el correcto desarrollo del procedimiento selectivo y la consideración y apreciación de las incidencias que pudieran surgir, resolviendo mediante decisión motivada en relación con la interpretación y ejecución de las presentes bases.
Décima.- Lista de aprobados.
Efectuada la valoración de los méritos, el Tribunal expondrá, debidamente certificada por el Secretario con el visto bueno del Presidente del Tribunal, en los locales donde se haya celebrado el ejercicio, y en las dependencias señaladas en la base segunda, la lista de puntuación otorgada a los aspirantes en la fase de concurso, así como la obtenida en la fase de oposición y la suma de ambas, que determinará el orden final de los aspirantes. Vistos los resultados finales, el Tribunal Calificador declarará aprobados por orden de puntuación un número de aspirantes que como máximo será el de plazas convocadas.
Undécima.- Presentación de documentos y formalización del contrato laboral.
1. Las actas del Tribunal y demás documentación de las pruebas serán elevadas por el Secretario del Tribunal a esta Consejería, a través de la Secretaría General Técnica.
2. El aspirante propuesto aportará ante la Secretaría General Técnica, en el plazo de cinco días naturales desde que se haga pública la relación a la que se refiere la base undécima, mediante la correspondiente instancia, la siguiente documentación:
a) Fotocopia autorizada o compulsada del Documento Nacional de Identidad.
b) Fotocopia autorizada o compulsada del título académico exigido, o certificación académica que acredite haber realizado todos los estudios necesarios para la obtención del título.
c) Certificado Médico Oficial acreditativo del cumplimiento del requisito establecido en la base segunda, apartado d), de la presente convocatoria.
d) Declaración jurada de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas.
e) Declaración jurada de no estar afecto al régimen de incompatibilidades de la Ley 53/1984, de 6 de diciembre.
El aspirante seleccionado que hubiera presentado en tiempo y forma la documentación exigida en la base anterior y haya acreditado el cumplimiento de los requisitos exigidos, formalizará contrato laboral de interinidad con la Consejería de Política Territorial. Los aspirantes que no presentaran en dicho plazo la citada documentación, verán decaído su derecho a formalizar el contrato laboral, y se llamará al siguiente de la lista a que se refiere la base décima.
Duodécima.- Periodo de prueba.
El personal que se contrate quedará sometido al periodo de prueba que señala el artículo 14 del Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, salvo lo previsto en el artículo 14.1, párrafo tercero, del Estatuto de los Trabajadores en la redacción dada por Real Decreto-Legislativo 1/1995, de 24 de marzo. Decimotercera.- Norma final.
La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones del Tribunal podrán ser impugnados en los casos y formas establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Santa Cruz de Tenerife, a 12 de abril de 1996.
EL CONSEJERO DE POLÍTICA TERRITORIAL, Antonio González Viéitez.
A N E X O I
1. CENTRO DIRECTIVO: Viceconsejería de Medio Ambiente. UNIDAD: Servicio de Unidad Insular El Hierro. Nº R.P.T.: 1204100004. DENOMINACIÓN: Monitor. ESPECIALIDAD: Educación Ambiental. GRUPO: III. FUNCIONES: - Las propias de la categoría profesional y especialidad definidas en el Convenio Colectivo. LOCALIZACIÓN: Valverde. 2. CENTRO DIRECTIVO: Viceconsejería de Medio Ambiente. UNIDAD: Servicio de Unidad Insular Fuerteventura. Nº R.P.T.: 1204110004. DENOMINACIÓN: Monitor. ESPECIALIDAD: Educación Ambiental. GRUPO: III. FUNCIONES: - Las propias de la categoría profesional y especialidad definidas en el Convenio Colectivo. LOCALIZACIÓN: Puerto del Rosario.
3. CENTRO DIRECTIVO: Viceconsejería de Medio Ambiente. UNIDAD: Servicio de Unidad Insular La Gomera. Nº R.P.T.: 1204130004. DENOMINACIÓN: Monitor. ESPECIALIDAD: Educación Ambiental. GRUPO: III. FUNCIONES: - Las propias de la categoría profesional y especialidad definidas en el Convenio Colectivo. LOCALIZACIÓN: San Sebastián de La Gomera.
A N E X O I I
MODELO PARTICIPACIÓN PROCEDIMIENTO SELECTIVO MEDIANTE CONTRATACIÓN TEMPORAL
APELLIDOS Y NOMBRE: .......................................................................................................................................................................
D.N.I. Nº: ...................................................................................................................................................................................................
DOMICILIO: .................................................................................................... TELÉFONO: ..................................................................
LOCALIDAD: ..........................................................................................................................................................................................
PROVINCIA: ............................................................................................................................................................................................
FECHA DE NACIMIENTO: ....................................................................................................................................................................
EXPONE
Que habiéndose convocado por Orden de la Consejería de Política Territorial, de fecha ................... (B.O.C. nº ................), procedimiento selectivo para la provisión mediante contratación temporal de los puestos de trabajo vacantes que se señalan a continuación, deseo participar en el que se indica con una cruz:
1. CENTRO DIRECTIVO: Viceconsejería de Medio Ambiente. UNIDAD: Servicio de Unidad Insular El Hierro. Nº R.P.T.: 1204100004. DENOMINACIÓN: Monitor. ESPECIALIDAD: Educación Ambiental. GRUPO: III. LOCALIZACIÓN: Valverde. 2. CENTRO DIRECTIVO: Viceconsejería de Medio Ambiente. UNIDAD: Servicio de Unidad Insular Fuerteventura. Nº R.P.T.: 1204110004. DENOMINACIÓN: Monitor. ESPECIALIDAD: Educación Ambiental. GRUPO: III. LOCALIZACIÓN: Puerto del Rosario.
3. CENTRO DIRECTIVO: Viceconsejería de Medio Ambiente. UNIDAD: Servicio de Unidad Insular La Gomera. Nº R.P.T.: 1204130004. DENOMINACIÓN: Monitor. ESPECIALIDAD: Educación Ambiental. GRUPO: III. LOCALIZACIÓN: San Sebastián de La Gomera.
SOLICITA
Ser admitido al procedimiento selectivo para la provisión del puesto de trabajo indicado.
(Lugar, fecha y firma).
ILMO. SR. SECRETARIO GENERAL TÉCNICO DE LA CONSEJERÍA DE POLÍTICA TERRITORIAL. A N E X O I I I Tema 1.- La Educación Ambiental, concepto y método. Tema 2.- Técnicas de trabajo en Educación Ambiental.
Tema 3.- La gestión de equipamientos dedicados a Educación Ambiental.
Tema 4.- La Educación Ambiental en Canarias.
Tema 5.- Los Ecosistemas Insulares de Canarias.
Tema 6.- La Ecología Urbana. Contaminación y sus tipos. Productos reciclables.
Tema 7.- Los Espacios Naturales Protegidos de Canarias.
Tema 8.- Uso Educativo Ambiental de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias.
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