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Se hace saber a la Sociedad Cooperativa Limitada Transcanarias, cuyo último domicilio conocido es Urbanización Aguere, calle Tercera, 23, La Laguna, Tenerife, que esta Dirección General del Tesoro y Política Financiera, con fecha 27 de septiembre de 1995, ha dictado Resolución de reintegro por la que se resuelve se reintegre a la Hacienda Pública Canaria la cantidad de 19.250.000 pesetas, más los intereses de demora devengados desde la fecha del abono de la subvención hasta el reintegro de la misma, correspondientes a la subvención concedida a la Sociedad Cooperativa Limitada Transcanarias, mediante Resolución de la Dirección General de Trabajo, de fecha 12 de noviembre de 1990.
Contra la presente Resolución, sin perjuicio de cualquier otro que se estime pertinente, se podrá interponer recurso de reposición previo al económico-administrativo, ante el Ilmo. Sr. Director General del Tesoro y Política Financiera o reclamación económico-administrativa ante el Excmo. Sr. Consejero de Economía y Hacienda de la Comunidad Autónoma de Canarias, hasta tanto se constituyan las Juntas a que se refieren los apartados b) y c) del artº. 24 de la Ley Territorial 7/1984, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria, en el plazo de 15 días al siguiente al de la notificación de la presente Resolución. Dicha deuda podrá ser objeto de aplazamiento-fraccionamiento, con el consiguiente pago de los intereses de demora devengados previa solicitud en la Tesorería Insular correspondiente, según determinan los artículos 48 y siguientes del Real Decreto 1.684/1990, de 20 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, con las variaciones introducidas por el artículo sexto del Real Decreto 448/1995, de 24 de marzo (B.O.E. nº 74, de 28 de marzo), por el que se modifican determinados artículos del capítulo VII Aplazamiento y fraccionamiento de pago del Título I del Libro I del Reglamento General de Recaudación.
Lo que se notifica mediante su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, así como en el tablón de edictos del Ayuntamiento de La Laguna, a los efectos prevenidos en el artº. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Las Palmas de Gran Canaria, a 22 de febrero de 1996.- El Director General del Tesoro y Política Financiera, Alberto Amorós Mustafá.
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