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Examinado el expediente tramitado por la Consejería de Economía y Hacienda sobre la aceptación de la cesión de uso gratuita de una serie de muebles y enseres a favor de la Comunidad Autónoma de Canarias, por la Caja General de Ahorros de Canarias para su instalación en el edificio de la Presidencia del Gobierno en Santa Cruz de Tenerife.
Visto el escrito de la Caja General de Ahorros de Canarias, en el que se ofrece en cesión de uso gratuita una serie de muebles y enseres obra del escultor Francisco Borges Salas.
Visto que los muebles y enseres objeto de cesión se hallan libres de cargas, figurando inscritos en el Inventario de Bienes de la citada Entidad, teniendo pues plena disposición de los mismos.
Considerando la conveniencia de aceptar la donación referenciada al objeto de su instalación en el edificio de la Presidencia del Gobierno, en Santa Cruz de Tenerife.
Vistos el artículo 29.1 de la Ley 8/1987, de 28 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Canarias, y el artículo 77 del Decreto 133/1988, de 22 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento para el desarrollo de dicha Ley y demás normas de aplicación.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda y previa deliberación del Gobierno en su sesión del día 9 de febrero de 1996,
D I S P O N G O:
Primero.- Aceptar la cesión de uso gratuita a favor de la Comunidad Autónoma de Canarias por la Caja General de Ahorros de Canarias, de una serie de muebles y enseres que a continuación se describen, con la finalidad de su instalación en el edificio de la Presidencia del Gobierno, en Santa Cruz de Tenerife:
- Mesa con bajorrelieves laterales antropomorfos y cornisa anterior con talla de diez cabezas distintas en bajorrelieves. Las cuatro patas tienen cuatro cabezas humanas sin repetir, en altorrelieve macizo. Artístico tirante de hierro forjado.
- Dos sillones fraileros grandes presentando espaldar con bajorrelieves con distintas figuras humanas cada uno y libros simbólicos del estudio y la sabiduría.
- Un sillón con espaldar decorado con la cabeza de un león, también en bajorrelieve. Asientos de grueso cuero y clavos de bronce en forma de puntas de diamante. - Una biblioteca esquinada. Es un noble mueble con varios cuerpos todo ornado con magníficas esculturas en alto y bajorrelieve. Se remata con una gran cornisa superior formada por una hilera de once cabezas en una especie de ménsulas. En el frente sobresalen cuatro grandes figuras humanas alegóricas de la Poesía, la Música, la Escultura y la Arquitectura. El frente se decora con metales con dibujo perforado del mismo estilo en llamadores de puertas, embocaduras para llaves, bisagras, etc.
- Una lámpara de techo tallada.
- Puerta de despacho con dos hojas talladas en bajorrelieve con hojarasca, cuernos de la abundancia, figuras mitológicas, especie de delfines, bichas renacentistas, etc. Por detrás artísticos cuarterones.
- Mesa decorada con profusión de frutos: granadas, plátanos, etc. en molduras, cornisas, patas y soportes.
- Diez sillas talladas y dos sillones, todo tapizado con color oro viejo que armoniza con la madera.
- Dos aparadores decorados en el frente con doble pareja humana, talladas en bajorrelieve. Todas las figuras, masculinas y femeninas, distintas. Incrustación de metales con dibujos originales perforados para llamadores y embocaduras de llaves.
Segundo.- Los muebles y enseres que se aceptan deberán ser incorporados al Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Canarias para su ulterior afectación.
Tercero.- Por la Consejería de Economía y Hacienda se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto se dispone en el presente Decreto.
Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la correspondiente Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a su publicación, previa la comunicación al Gobierno de Canarias exigida en el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.
Dado en Agulo, a 9 de febrero de 1996.
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO, Manuel Hermoso Rojas.
EL CONSEJERO DE ECONOMÍA Y HACIENDA, José Carlos Francisco Díaz.
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