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No habiéndose podido practicar la notificación a D. Erich English de la Resolución de la Dirección General de Disciplina Urbanística y Medioambiental número 872, de 26 de octubre de 1995, recaída en el expediente I.L.C. 104/94, en los términos del apartado primero del artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de conformidad con el apartado cuarto del citado artículo,
R E S U E L V O:
Notificar a D. Erich English la Resolución de la Dirección General de Disciplina Urbanística y Medioambiental, de 26 de octubre de 1995, recaída en el expediente de referencia I.L.C. 104/94, por infracción del artículo 90.c) de la Ley de Costas, cuya parte dispositiva dice textualmente:
1º) Imponer a D. Erich English la multa de ciento sesenta y dos mil cuatrocientas (162.400) pesetas, que deberá abonar en los términos que le serán comunicados por la Consejería de Economía y Hacienda del Gobierno de Canarias, una vez firme en vía administrativa la presente Resolución.
2º) Requerir al infractor para que restablezca la realidad física alterada mediante la correspondiente demolición de las obras, advirtiéndole que transcurridos dos meses desde la notificación de la presente, sin que se haya realizado el antedicho restablecimiento, se procederá a la ejecución forzosa subsidiaria de conformidad con el artículo 107 de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas.
Notificar la presente Resolución al promotor, al Ayuntamiento y a la Demarcación de Costas, advirtiéndole que contra la misma cabe interponer recurso ordinario ante el Excmo. Sr. Consejero de Política Territorial, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación.
Santa Cruz de Tenerife, a 17 de noviembre de 1995.- El Director General de Disciplina Urbanística y Medioambiental, Aurelio Ayala Fonte.
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