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El artículo 17 del Decreto 321/1995, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia y Relaciones Institucionales, atribuye a la Secretaría General Técnica competencias respecto a la gestión del Boletín Oficial de Canarias como instrumento de edición oficial de las disposiciones de general observancia emanadas por la Comunidad Autónoma.
Teniendo en cuenta lo dispuesto en la Disposición Adicional Segunda del citado Decreto 321/1995, de 10 de noviembre, y en el artículo 29.1 del Decreto 462/1985, de 14 de noviembre, y con el fin de dotar de una mayor eficacia y agilidad a la gestión del Boletín Oficial de Canarias,
R E S U E L V O:
Primero.- Los textos de las disposiciones comprendidas en el artículo 23 del Decreto 462/1985, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Consejería de la Presidencia (B.O.C. nº 149, de 11.12.85), remitidos al Servicio de Publicaciones e Información para su publicación, deberán presentarse en soporte magnético (discos flexibles de 3,5 ó 5,25 pulgadas) acompañado del texto impreso en los modelos que se adjuntan como anexos I, II y III a la presente Resolución.
En las remisiones efectuadas en soporte magnético, podrá ser utilizado cualquier procesador de textos en formato Wordstar; Word 2.0 o superior; Wordperfect 5.1 o superior, a excepción del Framework.
Segundo.- El soporte magnético que contenga el texto de la disposición a publicar en el Boletín Oficial de Canarias, llevará adherida una etiqueta identificativa del mismo, en la que deberán constar:
a) Referencia de la disposición.
b) Nombre del procesador de textos.
c) Identificación de los ficheros que correspondan al texto que contiene.
d) Firma del órgano que autoriza su inserción.
Tercero.- En todo caso en los originales que deban insertarse en el Boletín Oficial, deberá constar la firma original del titular del órgano que suscribe la resolución. Los que dimanen del Gobierno serán remitidos por su Secretaría al Secretario General Técnico de la Consejería de Presidencia y Relaciones Institucionales; los que procedan de los Departamentos de la Administración Autonómica serán remitidos por sus respectivos Secretarios Generales Técnicos al de la Consejería de Presidencia y Relaciones Institucionales (Servicio de Publicaciones e Información), señalándose la referencia identificativa del soporte magnético que se acompaña conteniendo el texto de la disposición, que garantiza la exactitud con el texto impreso que se autoriza para su publicación.
Cuarto.- La presente Resolución se publicará en el Boletín Oficial de Canarias.
Santa Cruz de Tenerife, a 29 de enero de 1996.- El Secretario General Técnico, José Miguel Ruano León.
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