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La Orden de 26 de diciembre de 1995, de la Consejería de Sanidad y Consumo, por la que se dispone la efectiva puesta en funcionamiento de las Gerencias de Atención Primaria, de las Direcciones Gerencia de los Hospitales y de las Gerencias de Servicios Sanitarios y se integran en las mismas las unidades afectadas, establece en la Disposición Final Primera que su entrada en vigor determinará la supresión de las actuales Gerencias de Atención Primaria y de Atención Especializada de la Consejería de Sanidad y Consumo, en concordancia con lo dispuesto en la Disposición Transitoria Primera del Decreto 32/1995, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Servicio Canario de la Salud (B.O.C. nº 32, de 15.3.95) y Disposición Transitoria Segunda del Decreto 322/1995, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Sanidad y Consumo (B.O.C. nº 154, de 4.12.95).
Como consecuencia de las disposiciones reseñadas, carece de efectividad la delegación del ejercicio de competencias en materia de gestión de personal en las desaparecidas Gerencias de Atención Primaria y de Atención Especializada efectuada por Resolución de la Dirección del Servicio Canario de la Salud, de 11 de agosto de 1995 (B.O.C. de 6 de septiembre), sin perjuicio de mantener inalterado el régimen de competencias delegadas en los Directores Territoriales de Asistencia Sanitaria de Las Palmas y de Santa Cruz de Tenerife, hasta tanto se pongan en funcionamiento los restantes órganos del Servicio Canario de la Salud.
Procede que, de conformidad con la nueva situación creada con la efectiva puesta en funcionamiento de las Gerencias de Atención Primaria, de las Direcciones Gerencia de los Hospitales y de las Gerencias de Servicios Sanitarios del Servicio, se mantenga el sistema de delegación adoptado por la Resolución de 11 de agosto de 1995, con el fin de lograr una gestión más acorde con los principios de economía, celeridad y eficacia que gobiernan la actuación administrativa.
En su virtud, y de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y artículo 31.3 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, en relación con las funciones que este órgano central del Servicio Canario de la Salud tiene atribuidas en los artículos 60.K) de la Ley 11/1994 y 9.2.f) del citado Decreto 32/1995,
R E S U E L V O:
Primero.- Delegar en los Gerentes de Atención Primaria, en los Directores Gerentes de los Hospitales y en los Gerentes de Servicios Sanitarios la resolución de las comisiones de servicio que no trasciendan de su respectivo marco estructural.
Segundo.- Delegar en los Gerentes de Atención Primaria, Directores Gerentes de Hospitales y en los Gerentes de Servicios Sanitarios el ejercicio de las siguientes competencias:
- En materia de gestión de personal sometido a régimen estatutario:
1. La tramitación de las comisiones de servicio con derecho a indemnizaciones dentro del territorio nacional al personal de las Instituciones y Servicios de ellas dependientes.
2. El nombramiento para el desempeño de puestos de trabajo dentro de las dotaciones y normativa existente en las plantillas de sus Centros e Instituciones, con excepción de los correspondientes al equipo de dirección de los mismos.
3. La declaración de las situaciones administrativas, con excepción del reingreso al servicio activo.
4. La declaración de jubilaciones forzosas o voluntarias.
Tercero.- Todas las resoluciones y actos administrativos que se adopten haciendo uso de la presente delegación indicarán expresamente esta circunstancia.
Cuarto.- La presente delegación es revocable en cualquier momento, pudiendo avocarse el conocimiento de un asunto mediante acuerdo motivado.
Quinto.- Queda sin efecto la Resolución de 11 de agosto de 1995, de esta Dirección (B.O.C. nº 116, de 6.9.95), por la que se delegaban competencias en materia de personal en lo que se refiere a las delegaciones en las desaparecidas Gerencias de Atención Primaria y de Atención Especializada.
Sexto.- La presente delegación se publicará en el Boletín Oficial de Canarias.
Las Palmas de Gran Canaria, a 2 de enero de 1996.- El Director del Servicio Canario de la Salud, Román Rodríguez Rodríguez.
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