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Vista la petición formulada por el Ayuntamiento de Tacoronte en solicitud de aumento de las tarifas de agua de abastecimiento a poblaciones.
RESULTANDO
Que el expediente fue sometido a informe de la Comisión Territorial de Precios de Santa Cruz de Tenerife, emitido en sesión ordinaria celebrada el 14 de diciembre de 1995 y dictaminando favorablemente las tarifas propuestas por el Ayuntamiento de Tacoronte, y que son las que a continuación se reflejan:
USO DOMÉSTICO AL BIMESTRE
Concepto Importe Incremento
1. Consumos:
BLOQUES M3
Mínimo 18 m3 1.962 ptas. 5,8% De 19 m3 a 40 m3 122 ptas./m3 5,8% De 41 m3 a 50 m3 207 ptas./m3 5,8% De 51 m3 a 60 m3 297 ptas./m3 5,8% Más de 60 m3 476 ptas./m3 5,8%
USO INDUSTRIAL AL BIMESTRE
1. Consumo:
BLOQUES M3
Mínimo 18 m3 2.754 ptas. 5,8% De 19 m3 a 60 m3 222 ptas./m3 5,8% Más de 60 m3 381 ptas./m3 5,8%
USO POR CONSUMO COLECTIVO AL BIMESTRE
1. Consumo:
Tarifa única 213 ptas./m3 5,8%
USO MUNICIPAL AL BIMESTRE
1. Consumo:
Tarifa única 204 ptas./m3 13,3%
USO AGRÍCOLA AL BIMESTRE
1. Consumo:
Mínimo de 5 m3 529 ptas. 5,8% Más de 5 m3 529 ptas./m3 5,8%
USO EN OBRAS AL BIMESTRE
1. Consumo:
Mínimo de 18 m3 2.759 ptas. 5,8% Más de 18 m3 197 ptas./m3 5,8%
CANON DE MANTENIMIENTO DE CONTADORES AL BIMESTRE
1. Tarifa única: 212 ptas. 5,8% CONSIDERANDO
Que el presente expediente ha sido tramitado con sujeción al procedimiento establecido en el Real Decreto 2.695/1977, de 28 de octubre, en relación con el Real Decreto 2.226/1977, de 27 de julio, y a la Orden de 30 de septiembre del mismo año. Vistos la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y el Real Decreto-Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local; el Real Decreto 3.173/1983, de 19 de noviembre; la Orden de 26 de febrero de 1993, del Ministerio de Economía y Hacienda, por la que se modifica el régimen de precios de determinados bienes y servicios y se deroga la Orden de 23 de diciembre de 1987.
Vistos los Decretos del Gobierno de Canarias 187/1995, de 20 de julio, de reestructuración de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias; Decreto 212/1991, de 11 de septiembre, de Organización de los Departamentos de la Administración Autonómica de Canarias; 323/1995, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Industria y Comercio, y demás disposiciones concordantes de general y especial aplicación,
D I S P O N G O:
Autorizar al Ayuntamiento de Tacoronte las tarifas solicitadas para el abastecimiento de agua a poblaciones, las cuales quedarán establecidas en las cuantías anteriores expresadas, a partir de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, para el año 1996, cuya aplicación se realizará de forma escalonada.
Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, a interponer en el plazo de dos meses desde su publicación, previa la comunicación a la Consejería de Industria y Comercio establecida en el artº. 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.
Santa Cruz de Tenerife, a 18 de diciembre de 1995.
EL CONSEJERO DE INDUSTRIA Y COMERCIO, PRESIDENTE DE LA COMISIÓN TERRITORIAL DE PRECIOS DE SANTA CRUZ DE TENERIFE, José Manuel Fiestas Coll.
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