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Visto el acuerdo de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de 3 de noviembre de 1995 del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, y en virtud de lo dispuesto en el artº. 8, apartado 2, de la Ley 62/1978, de 26 de diciembre, de Protección de los Derechos Fundamentales de la Persona,
R E S U E L V O:
Primero.- Ordenar la remisión del expediente administrativo correspondiente al recurso contencioso-administrativo nº 1.579/95, seguido a instancia del Colegio San Agustín.
Segundo.- Hacer pública la presente en el Boletín Oficial de Canarias, a los efectos de lo preceptuado en el artº. 8, apartado 2, de la Ley 62/1978, de 26 de diciembre, de Protección de los Derechos Fundamentales de la Persona, a fin de que los interesados en el recurso nº 1.579/95, promovido por el Colegio San Agustín, contra la Orden de 18 de octubre de 1995, por la que se resuelven las solicitudes de acceso o modificación de los conciertos educativos suscritos con varios centros docentes privados para los cursos 1995/96 y 1996/97, puedan comparecer ante dicha Sala en el plazo de cinco días contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución.
Santa Cruz de Tenerife, a 14 de noviembre de 1995.- La Secretaria General Técnica, María Teresa Larrea Díez.
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