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Por Orden de 8 de julio de 1993 (B.O.C. de 19), se hicieron públicas las listas de aspirantes que obtuvieron la condición de Catedrático, en virtud de la correspondiente Orden de convocatoria de 19 de diciembre de 1991 (B.O.C. de 31).
Por Sentencias de 17 de mayo de 1994, de 8 de junio de 1994 y de 29 de mayo de 1995, recaídas en los recursos contencioso-administrativos seguidos a instancia, respectivamente, de D. Eustiquio Pérez Toste, D. Evangelino Álvarez González y de D. Luis Medina Armas, se estimaron parcialmente los referidos recursos, anulando en parte los actos recurridos y reconociendo a los interesados determinados derechos en relación con los méritos contemplados en el baremo anexo a la Orden de 19 de diciembre de 1991. Por Órdenes del Excmo. Sr. Consejero de Educación, Cultura y Deportes de 21 de junio de 1994 y de 10 de agosto de 1995, se dispuso la publicación y correspondiente cumplimiento de los fallos contenidos en las citadas Sentencias.
En consecuencia, procede modificar la citada Orden de 8 de julio de 1993, en los siguientes términos:
Primero.- Adjudicar a D. Evangelino Álvarez González 1,000 puntos en el apartado 3.1.2 del baremo, resultando así una puntuación total final de 11,111 puntos, y situándolo en el número 110 bis de la lista del anexo II de la Orden de 8 de julio de 1993, a continuación de D. Francisco L. Morote Costa.
Segundo.- Adjudicar igualmente a D. Luis Medina Armas en el apartado 3.1.2 del baremo 1,000 puntos, resultando así una puntuación total final de 10,131 puntos, y situándolo en el número 201 bis de la lista del anexo II de la Orden de 8 de julio de 1993, a continuación de Dña. Ana María Macario Gelpi.
Tercero.- Aumentar la puntuación de D. Eustiquio Pérez Toste en el apartado 1.2.4 del baremo, estableciéndola en 2,250 puntos, resultando así una puntuación final total de 10,976 puntos y situándolo en el número 126 bis de la repetida lista del anexo II de la Orden de 8 de julio de 1993, a continuación de Dña. Blanca Ojeda Guerra.
Cuarto.- La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Contra esta Orden pueden los interesados interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, previa la comunicación al Excmo. Sr. Consejero, exigida por el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.
Santa Cruz de Tenerife, a 13 de octubre de 1995.
EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES, José Mendoza Cabrera.
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