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Examinado el expediente instruido a instancias de D. Onno Flick, como Presidente de la Junta Directiva de la Asociación del Colegio Alemán, titular del Centro denominado Colegio Alemán de Las Palmas de Gran Canaria, sito en Lomo del Drago-Almatriche, en solicitud de autorización para impartir enseñanzas del sistema educativo alemán para alumnos españoles y extranjeros,
D I S P O N G O:
Primero.- Autorizar al Centro docente extranjero denominado Colegio Alemán de Las Palmas de Gran Canaria, las enseñanzas del sistema educativo alemán para alumnos españoles y extranjeros, quedando configurado conforme se describe a continuación:
Denominación específica: Colegio Alemán de Las Palmas de Gran Canaria. Localidad: Almatriche. Municipio: Las Palmas de Gran Canaria. Domicilio: Lomo del Drago. Titular: Asociación del Colegio Alemán de Las Palmas de Gran Canaria. Autorización: para impartir enseñanzas conforme al sistema educativo alemán a alumnos españoles y extranjeros. Niveles educativos: Grundschule, Beobachsstufe, Realschule, Hauptschule y Gymnasiun. Número de puestos escolares: 540.
Segundo.- El centro que se autoriza deberá impartir el currículo de lengua y cultura española establecido por el Ministerio de Educación y Ciencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 y la Disposición Transitoria Segunda del Real Decreto 806/1993.
Tercero.- El centro citado impartirá exclusivamente las enseñanzas que por la presente Orden se autorizan y estará obligado a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden para el centro, y deberá inscribirse en el Registro Público de Centros docentes dependiente de la Administración educativa.
Contra esta Orden cabe recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Justicia de Canarias a interponer en el plazo de dos meses desde su publicación, previa la comunicación exigida en el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de cualquier otro que pueda interponerse.
Santa Cruz de Tenerife, a 16 de junio de 1995.
EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES, en funciones, José Mendoza Cabrera.
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