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Por el Ayuntamiento de la Villa de Firgas se ha solicitado la imposición de servidumbre forzosa de acueducto mediante la instalación de tuberías de saneamiento en el Barrio de Rosales Bajos, margen izquierda del Barranco La Parralilla, del término municipal de Firgas (isla de Gran Canaria), en una longitud de 50,10 metros y uno de ancho.
De conformidad con lo previsto en los artículos 110 y 111 de la Ley de Aguas de Canarias 12/1990, de 26 de julio, y demás disposiciones de pertinente aplicación, se hace público a fin de que en el plazo de un mes, a contar desde su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, cualquier persona física o jurídica pueda examinar el procedimiento, a cuyo efecto el expediente estará de manifiesto en el Consejo Insular de Aguas de Gran Canaria, sito en la Avenida Juan XXIII, 7, 2º, de esta capital, durante las horas de oficina.
Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de agosto de 1995.- El Gerente, José Luis Guerra Marrero.
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