BOC - 1995/100. Martes 1 de Agosto de 1995 - 1957

VI. ANUNCIOS - Otros anuncios - C.Trabajo y Función Pública

1957 - Instituto Canario de Formación y Empleo (ICFEM).- Anuncio de 12 de julio de 1995, del Director, relativo a notificación de requerimiento a la Cooperativa S.C.L. Aparcería Joven de Gran Canaria, de ignorado domicilio.

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Habiendo sido intentada en repetidas ocasiones la notificación del citado requerimiento en el domicilio que figura en el expediente incoado por el Instituto Canario de Formación y Empleo, sin que haya sido recibido por el interesado, es por lo que, conforme a lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre de 1992, se hace saber a la misma que con fecha 24 de marzo de 1995 fue efectuado requerimiento del tenor literal siguiente:

Nº EXPTE.: 11/91.

En relación con la subvención en materia de Rentas de Subsistencia concedida a esa entidad mediante Resolución del Director General de Trabajo con fecha 31 de diciembre de 1991, corregida por Resolución del Director General de Trabajo de fecha 23 de marzo de 1992, por importe de trece millones setecientas cincuenta mil (13.750.000) pesetas, correspondientes a 25 socios trabajadores y de las previstas en la Orden de 30 de abril de 1990 de la Consejería de Sanidad, Trabajo y Servicios Sociales, por la que se establecen subvenciones a Cooperativas de Trabajo Asociado y Sociedades Anónimas Laborales, y a los efectos de tramitar la justificación de dicha subvención, cúmpleme comunicarle lo siguiente:

En el apartado cuarto de la citada Resolución y en los mismos términos en los artículos 5 y 6 de la Orden de 30 de abril de 1990, se establecía que la entidad beneficiaria vendrá obligada a justificar que el importe de la subvención ha sido invertido en la finalidad para la cual se concede, mediante fotocopia del recibo oficial de salarios y documentos justificativos de cotizaciones a la Seguridad Social (Régimen General o Autónomo), mensualmente durante tres años a partir de su concesión.

Con fecha 31 de diciembre de 1992, se presentó por dicha entidad documentos justificativos correspondientes al periodo desde enero hasta octubre del año 1992, que fueron fiscalizados favorablemente por la Intervención Delegada, por lo que resta por justificar aún dos años y un mes.

Por todo ello se le requiere para que en el plazo de diez días, contados a partir del día siguiente a la recepción del presente escrito, remita a este Centro Directivo por medio de dos copias debidamente diligenciadas con sus originales, la documentación siguiente de los socios subvencionados: TC1, TC2 (desde noviembre de 1992 hasta diciembre de 1994) y nóminas (desde noviembre de 1992 hasta diciembre de 1994).

Se le advierte que de no presentar la documentación requerida y transcurrido el plazo establecido se procederá al inicio de un procedimiento de reintegro conforme a lo dispuesto en los artículos 32 y 33 del Decreto 6/1995, de 27 de enero (B.O.C. nº 19, de 13.2.95), por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Las Palmas de Gran Canaria, a 12 de julio de 1995.- El Director, Gerardo Mesa Noda.



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