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Por hallarse en ignorado domicilio Dña. Pino Cabrera Santana, adjudicataria de la vivienda de promoción pública sita en Polígono de Jinámar, fase I, del Valle de Jinámar, bloque 6, 9ºA, en el término municipal de Telde, contra quien se sigue expediente de desahucio D-216/95, por infracción del Decreto 2.114/1968, de 24 de julio, que aprueba el Reglamento de Viviendas de Protección Oficial (B.O.E. de 7 de septiembre de 1968), se le notifica por medio de la presente Resolución, de conformidad con el artº. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico para las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. de 27 de noviembre de 1992), en el siguiente Pliego de Cargos:
Por subarriendo, cesión total o parcial y no destinar a domicilio habitual y permanente la vivienda de protección oficial de promoción pública, sita en Polígono de Jinámar, fase I, del Valle de Jinámar, bloque 6, 9ºA, en el término municipal de Telde, infringiendo el artº. 138.6º y 7º del citado Reglamento de Viviendas de Protección Oficial.
Contra el referido Pliego de Cargos podrá el interesado formular alegaciones en el plazo de ocho días contados a partir de la publicación de la presente, conforme a lo establecido en el artº. 142 del Reglamento de Viviendas de Protección Oficial.
Las Palmas de Gran Canaria, a 19 de junio de 1995.- El Director General de Vivienda, José Mª Senante Mascareño.
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