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A la vista del expediente que, con arreglo al Decreto 123/1990, de 29 de junio, y de conformidad con lo preceptuado en la Orden de la Consejería de la Presidencia, de 15 de noviembre de 1990, por la que se dispone el procedimiento a seguir en los expedientes que se tramitan para la concesión a las Corporaciones locales de tratamientos, honores y distinciones, así como para el otorgamiento a islas y municipios de títulos, lemas y dignidades; se ha instruido por el Ayuntamiento de Santa María de Guía (Gran Canaria) para la concesión del tratamiento al mismo de Excelentísimo; el cual ha sido examinado por la Comisión de Heráldica de la Comunidad Autónoma de Canarias, en reunión celebrada el día 24 de mayo de 1995, y
Considerando la importancia tanto de carácter histórico, cultural, social y de todo tipo que concurre en dicho municipio, es por lo que
D I S P O N G O:
Conceder el tratamiento de Excelentísimo al Ayuntamiento de Santa María de Guía (Gran Canaria).
Su uso se realizará de conformidad con la normativa en vigor.
Santa Cruz de Tenerife, a 12 de junio de 1995.
EL CONSEJERO DE PRESIDENCIA Y TURISMO, en funciones, Miguel Zerolo Aguilar.
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