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BOC Nº 081. Miércoles 28 de Junio de 1995 - 1282

III. OTRAS RESOLUCIONES - C.Obras Públicas, Vivienda y Aguas

1282 - DECRETO 137/1995, de 11 de mayo, por el que se declara la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa iniciada por el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria (Gran Canaria), con motivo de la realización de las obras del proyecto “Autovía de circunvalación a Las Palmas de Gran Canaria, 2ª y 3ª fase. Tramos: Nueva Paterna-Pico Viento-San Cristóbal y Pico Viento-Jinámar, conexión con el acceso a Pedro Hidalgo”.

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Examinado el expediente tramitado a instancia del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria para declarar urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa realizada con motivo de las obras del Proyecto “Autovía de circunvalación a Las Palmas de Gran Canaria, 2ª y 3ª fase. Tramos: Nueva Paterna-Pico Viento-San Cristóbal y Pico Viento-Jinámar, conexión con el acceso a Pedro Hidalgo”, y teniendo en cuenta la acreditación que de los requisitos exigidos para aprobar tal declaración se hace en dicho expediente, como son:

1.- La utilidad pública y la necesidad de ocupación de los bienes y la adquisición de los derechos afectados por la expropiación resultan implícitos en la aprobación del Proyecto de referencia, a tenor de lo establecido en el apartado uno del artículo 13 de la Ley 9/1991, de 8 de mayo, de Carreteras de Canarias.

2.- La urgencia viene motivada por el hecho de que la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria soporta en todas sus calles y vías más importantes un denso tráfico con retenciones continuas, debido principalmente a que el Puerto de La Luz y de Las Palmas, así como los centros comerciales, industriales, sociales, administrativos, sanitarios, bancarios, etc., generadores fundamentalmente del tráfico de vehículos, se encuentran ubicados en el centro de esta capital de la provincia de Las Palmas.

Todas las entradas y salidas de la ciudad hacia el norte de la isla, hacia el centro o hacia el sur, así como sus interconexiones e incluso entre barrios, se efectúan utilizando la única vía de alta capacidad, que actualmente existe (Autovía Marítima), la cual se encuentra en un nivel de Servicio F, es decir, al borde del colapso por haber agotado su capacidad (en el año 1994 la Intensidad Media Diaria registrada ha alcanzado la de 104.000 vehículos diarios), es decir, que según la I.M.D. del referido año entran y salen de la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria unos 200.000 vehículos diarios.

Tanto los tres estudios de Redes Arteriales redactados como el Plan General de Ordenación Urbana de Las Palmas de Gran Canaria, así como los avances de Planes Regionales de Carreteras del Gobierno de Canarias, efectuados hasta el momento, así como en los estudios de prioridades de las obras incluidas en el Convenio de Carreteras, suscrito entre el Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente y el Gobierno de Canarias, incluyen como número uno, en prioridad, la construcción de una circunvalación en la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria.

De igual forma, se hace constar que el Parlamento de Canarias, con fecha 15 de marzo de 1995, instó al Gobierno regional, por unanimidad, a arbitrar los mecanismos de todo orden a su alcance, incluso los financieros, para ejecutar la circunvalación de Las Palmas de Gran Canaria, en sus tres fases, a la mayor brevedad posible.

3.- La definición y situación de los bienes y derechos afectados por las obras resultan idóneos para el objeto pretendido según se desprende del expediente aportado por el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria.

4.- Se abrió el correspondiente periodo de información pública del proyecto de trazado mencionado, anunciado en el Boletín Oficial de Canarias nº 85, de 26 de junio de 1992, sin que sea necesario formular nuevamente la relación y descripción concreta e individualizada de los bienes afectados por la expropiación, ni someterla a la información pública a que se refiere el artículo 18 de la Ley de Expropiación Forzosa.

En el ejercicio de la competencia prevista en el apartado B.4.3 del anexo I del Real Decreto 2.613/1982, de 24 de junio, y el artículo 8.1.d) del Decreto 229/1993, de 29 de julio, del Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia y Turismo, en relación con los artículos 52 de la Ley de Expropiación Forzosa y 56 de su Reglamento, a propuesta del Consejero de Obras Públicas, Vivienda y Aguas y previa deliberación del Gobierno en su reunión del día 11 de mayo de 1995,

D I S P O N G O:

Uno.- Declarar, a solicitud del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación realizada con motivo de las obras del Proyecto de “Autovía de circunvalación a Las Palmas de Gran Canaria, 2ª y 3ª fase. Tramos: Nueva Paterna-Pico Viento-San Cristóbal y Pico Viento-Jinámar, conexión con el acceso a Pedro Hidalgo”.

Los bienes y derechos cuya ocupación se declara urgente quedan descritos, de forma individualizada y con indicación de sus titulares, en el anexo del presente Decreto.

Dos.- Los interesados podrán formular ante el organismo expropiante y hasta el momento del levantamiento de las correspondientes actas previas alegaciones a los únicos efectos de subsanar posibles errores materiales en la enumeración o descripción de los bienes o derechos afectados.

Tres.- Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la correspondiente Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el plazo de dos meses a partir del día siguiente de su notificación o publicación, en su caso, previa la comunicación al Gobierno exigida por el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Dado en Las Palmas de Gran Canaria, a 11 de mayo de 1995. EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO, Manuel Hermoso Rojas.

EL CONSEJERO DE OBRAS PÚBLICAS, VIVIENDA Y AGUAS, Rodolfo José Núñez Ruano.

A N E X O

RELACIÓN DE AFECTADOS COMO CONSECUENCIA DE LA OBRA “CIRCUNVALACIÓN A LAS PALMAS DE GRAN CANARIA. TRAMOS: NUEVA PATERNA-PICO VIENTO-ENLACE SAN CRISTÓBAL (2ª FASE). ISLA DE GRAN CANARIA.

AYUNTAMIENTO: LAS PALMAS DE GRAN CANARIA POLÍGONO: 6 PARCELA Nº PLANO PROPIETARIO SUPER. A EXPROP. TIPO DE TERRENO 2 3A-4A-26A CABILDO INSULAR DE G.C. C/ BRAVO MURILLO. 81.000 RÚSTICO 2 26B-1B-2B CABILDO INSULAR DE G.C. C/ BRAVO MURILLO. 76.600 RÚSTICO 3 26 CABILDO INSULAR DE G.C. C/ BRAVO MURILLO. 7.310 RÚSTICO 5 3A-2A DESCONOCIDO. 29.140 RÚSTICO 7 2A DESCONOCIDO. 2.090 RÚSTICO 6 2A CABILDO INSULAR DE G.C. C/ BRAVO MURILLO 480 RÚSTICO .8 2A DESCONOCIDO. 1.890 RÚSTICO 14 26 COMUNIDAD FINCA LA VEGUETA. 26.450 RÚSTICO 17 26 MIGUEL RIVERO NOBLE. 16.640 RÚSTICO AYUNTAMIENTO: LAS PALMAS DE GRAN CANARIA POLÍGONO: 4 211 14 DESCONOCIDO. 3.020 RÚSTICO 71 24-14 DESCONOCIDO. 180 RÚSTICO 52 24 DESCONOCIDO. 1.080 URBANO 201 14 PINO SUÁREZ LÓPEZ. 100 RÚSTICO 72 14 RAFAEL GONZÁLEZ SUÁREZ AVDA. 1º DE MAYO 6.860 RÚSTICO 194 13 RAFAEL GONZÁLEZ SUÁREZ AVDA. 1º DE MAYO 9.320 URBANO 210 14 ANTONIO SOSA HERNÁNDEZ. C/ LOMO FONDILLO. 8.840 RÚSTICO 207 13 PINO MORENO HERNÁNDEZ. 9.710 RÚSTICO 200 14 PINO SUÁREZ LÓPEZ. C/ AGUACATE. 5.870 RÚSTICO 206 14 PINO SUÁREZ LÓPEZ. C/ AGUACATE. 3.510 RÚSTICO

PARCELA Nº PLANO PROPIETARIO SUPER. A EXPROP. TIPO DE TERRENO 199 13-14 AGUSTÍN Y CARMEN SUÁREZ LÓPEZ. 2.230 RÚSTICO 53 25-24 JOSÉ MARTEL CABRERA C/ ITALIA, Nº 44. 10.330 URBANO 47 25-24 RTAS. ANCIANOS DESAMPARADOS. CARRETERA DEL CENTRO, KM 5. 14.700 RÚSTICO 218 14 DESCONOCIDO. 280 RÚSTICO 47 14-22 HROS. RAMÓN SUÁREZ FRANCHY. 16.180 URBANO ZU-06 24 DESCONOCIDO. 24.400 URBANO

RELACIÓN CONCRETA E INDIVIDUALIZADA DE LOS BIENES Y DERECHOS CUYA OCUPACIÓN O DISPOSICIÓN SON NECESARIAS PARA LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS DE REFERENCIA. TERCERA FASE DE CIRCUNVALACIÓN DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA. TRAMO PICO VIENTO-JINÁMAR. AFECTADOS REFER. CATASTRAL POLÍGONO REFER. CATASTRAL PARCELA DESCRIPCIÓN DEL BIEN O DERECHO SUP.AFECTADA (M2) DESCRIPCIÓN DEL BIEN O DERECHO TIPO DE TERRENO

CARMEN SANTANA CHIL 7 16 1.110 RÚSTICO JUAN HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ 7 17 4.990 RÚSTICO PEDRO MANZANO BENÍTEZ 7 18 3.520 RÚSTICO JUAN HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ 7 19 105 RÚSTICO AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS 7 20 38.910 RÚSTICO JOSEFA CHIL DÍAZ 7 28 10.330 RÚSTICO CARMEN CHIL SUÁREZ 7 29 10.620 RÚSTICO COMUNIDAD DE BIENES SANTA FÉ 7 30 7.570 RÚSTICO DANIEL ALEMÁN ESPINO 7 31 5.450 RÚSTICO MIGUEL GONZÁLEZ MONAGAS 7 32 920 RÚSTICO VALLE DE LA PAZ, S.A. 7 72 5.020 RÚSTICO VALLE DE LA PAZ, S.A. 7 73 5.040 RÚSTICO DESCONOCIDO 7 83 930 RÚSTICO JULIA FLEITAS LÓPEZ 7 84 31.010 RÚSTICO DESCONOCIDO 7 87 4.580 URBANO ROSA MARTÍN ALMEIDA 7 88 1.020 URBANO JULIA FLEITAS LÓPEZ 7 89 430 RÚSTICO VALLE DE LA PAZ, S.A. 7 91 44.570 RÚSTICO DESCONOCIDO Z.U. 08 65.000 URBANO CABILDO INSULAR DE GRAN CANARIA 5 24 9.710 RÚSTICO DESCONOCIDO 5 25 80 RÚSTICO COLEGIO HIDELBERG 6 12 10.800 RÚSTICO DESCONOCIDO 6 22 1.860 RÚSTICO CABILDO INSULAR DE GRAN CANARIA 6 23 2.880 RÚSTICO PINO CHIL ALMEIDA 6 130 5.200 RÚSTICO JUAN ALMEIDA JIMÉNEZ 6 131 1.980 RÚSTICO JOSÉ SOSA CHIL 6 133 1.020 RÚSTICO JUAN ALMEIDA JIMÉNEZ 6 134 7.070 RÚSTICO DOLORES PERERA ALEMÁN 6 139 630 RÚSTICO DOMINGO PERERA ALEMÁN 6 140 820 RÚSTICO FRANCISCA PERERA ALEMÁN 6 141 200 RÚSTICO SALVADOR PERERA ALEMÁN 6 142 120 RÚSTICO DESCONOCIDO 6 143 110 RÚSTICO JOSÉ PEÑA SUÁREZ 6 150 24.640 RÚSTICO ANDREA BRITO CABRERA 6 151 760 RÚSTICO ROSARIO BRITO CABRERA 6 152 1.450 RÚSTICO ANDREA BRITO CABRERA 6 154 5.130 RÚSTICO SALVADOR CASTILLO MANRIQUELARA 6 155 4.180 RÚSTICO

AFECTADOS REFER. CATASTRAL POLÍGONO REFER. CATASTRAL PARCELA DESCRIPCIÓN DEL BIEN O DERECHO SUP. AFECTADA (M2) DESCRIPCIÓN DEL BIEN O DERECHO TIPO DE TERRENO

PINO BRITO CABRERA 6 156 10.360 RÚSTICO ISABEL BRITO CABRERA 6 157 9.440 RÚSTICO DESCONOCIDO 6 158 2.460 RÚSTICO DESCONOCIDO 6 167 780 RÚSTICO

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