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La Orden de 12 de abril de 1995, de la Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales (B.O.C. nº 47, de 17 de abril) dispuso la efectiva puesta en funcionamiento de determinados órganos del Servicio Canario de la Salud y la integración en los mismos de las unidades afectadas.
Entre los órganos puestos en funcionamiento efectivo se encuentra la Dirección General de Salud Pública en la que se integran las unidades centrales que configuraban el anterior órgano de idéntica denominación de la Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales.
Por otro lado, la Disposición Final Primera del Decreto 32/1995, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Servicio Canario de la Salud (B.O.C. nº 32, de 15 de marzo), dispone que las Direcciones Territoriales de Salud quedarán suprimidas una vez se pongan en funcionamiento los órganos del Servicio Canario de la Salud que asuman sus funciones.
Hasta tanto se produzca la previsión citada es necesario mantener la relación funcional existente con anterioridad, adscribiendo temporalmente las Direcciones Territoriales de Salud a la nueva Dirección General de Salud Pública.
En su virtud,
D I S P O N G O:
Artículo 1.- Las Direcciones Territoriales de Salud, de la Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales, quedan adscritas funcionalmente a la Dirección General de Salud Pública del Servicio Canario de la Salud. Artículo 2.- La adscripción señalada en el artículo anterior abarca todos los medios personales y materiales de los órganos afectados.
DISPOSICIONES FINALES
Primera.- Se faculta al Director del Servicio Canario de la Salud para la aplicación de la presente Orden.
Segunda.- La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Santa Cruz de Tenerife, a 16 de mayo de 1995.
EL CONSEJERO DE SANIDAD Y ASUNTOS SOCIALES, Julio Bonis Álvarez.
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