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BOC Nº 049. Viernes 21 de Abril de 1995 - 712

III. OTRAS RESOLUCIONES - C.Presidencia y Turismo

712 - RESOLUCIÓN de 14 de marzo de 1995, de la Dirección General de Justicia e Interior, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones Canarias la Fundación Escuela Noruega de Gran Canaria.

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Examinado el expediente tramitado por la Dirección General de Justicia e Interior, para la inscripción en el Registro de Fundaciones Canarias de la Fundación Escuela Noruega de Gran Canaria.

Teniendo en cuenta los siguientes

I. ANTECEDENTES 1º) Con fecha 1 de febrero de 1995, se solicitó por D. Unni Gullhaug la inscripción de la Fundación de referencia, adjuntándose escritura pública de la carta fundacional y estatutos, otorgada ante el Notario del Ilustre Colegio de Las Palmas, D. Luis Moncholí Giner, el 22 de diciembre de 1994.

2º) La Entidad es constituida por D. Bjorn Johan Daniel Lyng, que acredita su personalidad, capacidad, domicilio y nacionalidad.

3º) El fundador manifiesta su voluntad de constituir una fundación con arreglo a la Ley 1/1990, de Fundaciones Canarias; describiendo con su titularidad, cargas y título de aportación los bienes que integran la dotación patrimonial, consistente en una finca y edificio con el número ochenta y uno del Cortijo llamado Llanos Baldíos de Cortadores, sobre terrenos de arrifes, en el término municipal de Mogán, Gran Canaria, valorada en 67.100.000 pesetas; y constituyendo el patronato de la fundación con las siguientes personas:

Presidente: D. Bjorn J. D. Lyng.

Vocales:

D. Alf Moen.

D. Anne Lokke Syltern. Dña. Mirjan Wage Jensen.

4º) Se dota a la fundación de los correspondientes estatutos con las estipulaciones obligatorias del artº. 6 de la Ley 1/1990, de Fundaciones Canarias, a saber:

Denominación: Fundación Escuela Noruega de Gran Canaria.

Finalidad: la impartición de estudios sometidos a la legislación vigente en el Estado Noruego, así como la divulgación de la cultura de dicho país, dirigida a los ciudadanos noruegos y sus descendientes.

Domicilio: calle Valle Marina, Barranco de la Verga, Arguineguín, Mogán, Gran Canaria.

Las reglas generales para la aplicación de las rentas a las finalidades fundacionales y para la determinación de sus beneficiarios.

La composición, criterios de designación y renovación, atribuciones y forma de deliberar y adoptar sus acuerdos el patronato.

II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- Que la competencia sobre acuerdo de inscripción de fundaciones corresponde a la Comisión Ejecutiva del Protectorado, y su ejecución a este Centro Directivo, de conformidad con el artº. 47 del Decreto 188/1990, de 19 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del Protectorado de las Fundaciones Canarias. Segunda.- Que iniciado el expediente, se incorporó al mismo el informe emitido por el Servicio Jurídico del Gobierno de Canarias, de conformidad con lo establecido en el artº. 20.11 del Decreto 19/1992. Tercera.- Que los documentos constitutivos cumplimentan los requisitos legales, establecidos en la Ley 1/1990, de Fundaciones Canarias, y el Decreto 188/1990, de 19 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del Protectorado de las Fundaciones Canarias.

Cuarta.- Que por la Comisión Ejecutiva del Protectorado de Fundaciones Canarias, en su sesión de 8 de marzo de 1995, se adoptó el acuerdo de inscripción de la Fundación de referencia.

R E S U E L V O:

Clasificar como docente e inscribir en el Registro de Fundaciones Canarias la Fundación Escuela Noruega de Gran Canaria, con el registro nº 68, de conformidad con lo acordado por la Comisión Ejecutiva del Protectorado de Fundaciones, en su sesión del día 8 de marzo de 1995.

Esta Resolución, que no agota la vía administrativa, es susceptible de recurrirse, ante el Pleno del Protectorado en el plazo de un mes, de acuerdo con el artº. 5.3 del Decreto Territorial 188/1990, de 19 de septiembre, en relación con el artº. 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, deberá comunicarse el contenido de esta Resolución al solicitante, D. Unni Gullhaug.

Las Palmas de Gran Canaria, a 14 de marzo de 1995.- El Director General de Justicia e Interior, Francisco José Manrique de Lara y Llarena.

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