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En cumplimiento del mandato del Parlamento de Canarias según Proposición no de Ley publicada el día 28 de octubre de 1991 en el Boletín Oficial del Parlamento, considerando fundamental la estabilidad de los claustros docentes en las islas no capitalinas para la correcta prestación del servicio educativo a su población escolar, dadas las especiales características geográficas de esta Comunidad Autónoma, y ante la previsión de posibles plazas vacantes en los centros públicos docentes no universitarios correspondientes a dichas islas.
Esta Dirección General resuelve hacer pública la presente convocatoria de acuerdo con las siguientes
BASES
1. Requisitos que deben reunir los concursantes.
1.1. Únicamente podrán participar en esta convocatoria los funcionarios de carrera de los Cuerpos docentes no universitarios con destino definitivo para el curso 1995/96 en un centro dependiente de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, que deseen prestar sus servicios en otro centro docente radicado en una isla no capitalina diferente a la de su destino definitivo.
2. Plazas que se ofertan.
2.1. Los participantes podrán solicitar plaza en comisión de servicio, dentro de su especialidad y nivel educativo, en cualquier centro perteneciente a la isla no capitalina deseada, de entre los que se relacionan en el anexo I de la presente Resolución.
3. Modelo de solicitud.
3.1. Los participantes deberán cumplimentar la instancia cuyo modelo se acompaña como anexo II de la presente Resolución, relacionando, por orden de preferencia, aquellos centros de su interés que se encuentren situados en la isla no capitalina de su elección.
4. Lugar y plazos de presentación de las solicitudes.
4.1. Las instancias se podrán presentar en las Direcciones Territoriales y Oficinas Insulares de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.
4.2. De la misma forma, aquellos participantes que se encuentren pendientes de conocer su destino o el de su cónyuge para el curso 1995/96, en virtud de la resolución definitiva de los concursos generales de traslados actualmente convocados, podrán presentar sus solicitudes durante los diez días siguientes al de la publicación de la correspondiente Resolución, junto con la documentación acreditativa correspondiente.
5. Criterios para la adjudicación de plazas.
5.1. La adjudicación de las plazas se llevará a cabo de acuerdo con los siguientes criterios aplicados en orden prioritario y excluyente:
5.1.1. Mayor antigüedad en el Cuerpo.
5.1.2. Número de orden inferior en el Acta Final de Seleccionados del procedimiento selectivo que corresponda.
5.2. No obstante, se concederá prioridad para la concesión de la comisión de servicio en una plaza vacante determinada al participante que, habiéndola desempeñado en dicha situación durante el curso 1994/95, la solicite en el primer lugar de su relación.
5.3. Esta prioridad se aplicará como máximo durante los dos cursos siguientes al de la primera obtención de la plaza en comisión de servicio.
6. Procedimiento de adjudicación.
6.1. En un plazo no superior a veinte días naturales contados desde la finalización del primer plazo de presentación de solicitudes, la Dirección General de Personal hará públicas las listas provisionales de admitidos y excluidos en las dependencias anteriormente citadas, estableciéndose un plazo de cinco días hábiles para la presentación de alegaciones a las mismas.
6.2. Una vez estudiadas las alegaciones presentadas en tiempo y forma, la Dirección General de Personal publicará en dichos locales las listas definitivas de admitidos y excluidos.
6.3. De igual manera se procederá con los participantes que presenten sus solicitudes durante el segundo plazo establecido.
6.4. Las Direcciones Territoriales de Educación, para el Cuerpo de Maestros, así como la Dirección General de Personal, para los restantes Cuerpos, llevarán a cabo la adjudicación de destinos en comisión de servicio durante el proceso de adjudicación de destinos provisionales para el curso 1995/96.
6.5. La concesión de destino en comisión de servicio estará siempre condicionada a la existencia de vacante en dicho centro para el curso 1995/96, no procediéndose en ningún caso a desplazar profesores para posibilitarla.
7. Incompatibilidad y renuncia a la comisión de servicio.
7.1. En ningún caso se podrá obtener plaza en comisión de servicio por la presente convocatoria si se hubiera obtenido otra para el curso 1995/96.
7.2. Una vez realizada la adjudicación definitiva, no se aceptará la renuncia a la plaza obtenida, quedando el profesor adscrito en comisión de servicio al centro para el que haya sido nombrado, salvo que la propia Administración, por razones del servicio, revoque su concesión.
8. Toma de posesión y vigencia de la comisión de servicio.
8.1. La toma de posesión en el centro al que se vaya destinado será la que disponga la Consejería de Educación, Cultura y Deportes en su regulación del próximo curso. En cualquier caso, no podrán los Directores de los centros admitir a ningún profesor en comisión de servicio sin constancia oficial de su concesión.
8.2. El nombramiento en comisión de servicio tendrá validez únicamente para el curso 1995/96.
9. Interpretación de la presente Resolución.
9.1. Corresponde a la Dirección General de Personal resolver cualquier duda o reclamación planteada acerca de la interpretación de la presente Resolución, así como la modificación de los plazos fijados en la misma, si fuera necesario.
10. Presencia sindical.
10.1. Se garantiza la presencia de los sindicatos representativos del sector a lo largo del procedimiento regulado por la presente Resolución.
Contra la presente Resolución cabe recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, a interponer en el plazo de dos meses contados desde su publicación, previa la comunicación a la Dirección General de Personal exigida en el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.
Las Palmas de Gran Canaria, a 20 de marzo de 1995.- El Director General de Personal, Jesús Torrent Samperio.
A N E X O I
RELACIÓN DE CENTROS PARA LAS COMISIONES DE SERVICIO EN ISLA NO CAPITALINA
ISLA: EL HIERRO
CÓDIGO DENOMINACIÓN
38007415 I.B. GAROÉ 38010785 I.F.P. VALVERDE 38011017 E.O.I. VALVERDE
ISLA: FUERTEVENTURA
CÓDIGO DENOMINACIÓN
35003630 I.B. SAN DIEGO DE ALCALÁ 35004634 I.B. GRAN TARAJAL 35006187 I.F.P. PUERTO DEL ROSARIO 35009310 I.F.P. GRAN TARAJAL 35009361 I.B. SANTO TOMÁS DE AQUINO 35009450 E.O.I. PUERTO DEL ROSARIO 35999999 E.O.I. EXT. GRAN TARAJAL ISLA: LA GOMERA
CÓDIGO DENOMINACIÓN
38004921 I.B. JOSÉ AGUIAR 38008912 I.F.P. PEDRO GARCÍA CABRERA 38600061 E.O.I. SAN SEBASTIÁN DE LA GOMERA
ISLA: LA PALMA
CÓDIGO DENOMINACIÓN
38003197 I.B. EUSEBIO BARRETO LORENZO 38003276 I.F.P. JOSÉ MARÍA PÉREZ PULIDO 38004645 I.F.P. VICENTE SANJUAN RODRÍGUEZ 38005066 I.F.P. VIRGEN DE LAS NIEVES 38005078 I.B. EL PILAR (LUIS COBIELLA CUEVAS) 38005081 I.B. ALONSO PÉREZ DÍAZ 38005091 E.A.A. Y O.A. LA PALMA 38008328 I.B. CÁNDIDO MARANTE EXPÓSITO 38008419 I.F.P. VILLA DE MAZO 38009382 SECC. F.P. PUNTAGORDA 38600062 E.O.I. SANTA CRUZ DE LA PALMA
ISLA: LANZAROTE
CÓDIGO DENOMINACIÓN
35000288 I.B. BLAS CABRERA FELIPE 35000306 E.A.A. Y O.A. PANCHO LASSO 35000321 I.F.P. POLITÉCNICO ZONZAMAS 35006205 I.B. AGUSTÍN ESPINOSA 35009191 I.B. CÉSAR MANRIQUE 35009206 I.B. HARÍA 35009218 I.B. YAIZA 35009221 I.B. SAN BARTOLOMÉ 35009516 SECC. F.P. TEGUISE 35602101 E.O.I. ARRECIFE
A N E X O I I
MODELO DE SOLICITUD DE COMISIÓN DE SERVICIO EN ISLA NO CAPITALINA
Apellidos ................................................................................................, nombre ............................................................., domicilio ..............................................................................................................., localidad ....................................................., provincia ..................................................., teléfono ......................, D.N.I. nº ..................., Cuerpo ........................................., Especialidad/es ........................................................................., nº R.P. ......................., Centro de destino definitivo curso 1995/96 .........................................., localidad ......................................................., isla ............................................................., provincia .................................................................................................................................................................................. .
Disfrutó de comisión de servicio en isla no capitalina durante el curso 1994/95:
NO SÍ CENTRO .................................................................................................................
El que suscribe declara la veracidad de los datos contenidos en la presente instancia y solicita los siguientes Centros por orden de preferencia: (1)
CENTRO CÓDIGO CENTRO CÓDIGO
1. 11. 2. 12. 3. 13. 4. 14. 5. 15. 6. 16. 7. 17. 8. 18. 9. 19. 10. 20.
(1) Si desea continuar en el Centro de servicio desempeñado durante el curso 1994/95 (apartado 5.2 de la presente convocatoria), debe relacionarlo en primer lugar.
..........................................................., a ....... de ................................ de 1995.
(Firma).
ILMO. SR. DIRECTOR GENERAL DE PERSONAL DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES DEL GOBIERNO DE CANARIAS.
© Gobierno de Canarias