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BOC Nº 039. Viernes 31 de Marzo de 1995 - 535

III. OTRAS RESOLUCIONES - C.Política Territorial

535 - RESOLUCIÓN de 17 de febrero de 1995, de la Dirección General de Urbanismo, por la que se hace público el Acuerdo de la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias, de 27 de diciembre de 1994, que aprueba definitivamente la Modificación Puntual nº 17 de las Normas Subsidiarias de Ordenación del término municipal de Santa Lucía de Tirajana, promovido por la Corporación local (Gran Canaria).

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En ejecución de la legislación aplicable, por la presente,

R E S U E L V O:

Ordenar la inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Canarias del Acuerdo de la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias, de 27 de diciembre de 1994, por el que se aprueba definitivamente la Modificación Puntual nº 17 de las Normas Subsidiarias de Ordenación del término municipal de Santa Lucía de Tirajana, promovido por la Corporación local, cuyo texto se adjunta.

Las Palmas de Gran Canaria, a 17 de febrero de 1995.- El Director General de Urbanismo, Faustino García Márquez.

La Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias, en sesión celebrada el 27 de diciembre de 1994, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:

Primero: aprobar definitivamente, al amparo de lo preceptuado en el artículo 132.3.a) del Reglamento de Planeamiento, la Modificación Puntual nº 17 de las Normas Subsidiarias de Ordenación del término municipal de Santa Lucía de Tirajana (Gran Canaria), referente a la clasificación como suelo apto para urbanizar de una bolsa de suelo de 68.000 m2, grafiada en anexo, e identificada como SAPU nº 16, con uso residencial, densidad de 60 viviendas por hectárea y altura máxima permitida de tres plantas. Segundo: el presente Acuerdo se publicará en el Boletín Oficial de Canarias y será debidamente notificado al Ayuntamiento de Santa Lucía de Tirajana, al Cabildo Insular de Gran Canaria y a cuantos interesados se hayan personado en el correspondiente expediente administrativo.

Contra este acto, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a partir de su notificación, en virtud de lo dispuesto en el artículo 58 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en relación al artº. 8 del Decreto 164/1994, de 29 de julio, por el que se adaptan los procedimientos administrativos de la Comunidad Autónoma a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

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