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Se hace saber a la empresa María Jesús Méndez Prieto, que se halla en ignorado paradero, que, con fecha 3 de febrero de 1995, se ha procedido por esta Viceconsejería para las Administraciones Públicas a revocar los Boletines de Instalación correspondientes a las máquinas recreativas TF-A-6.951 y TF-B-11.047, propiedad de esa empresa, diligenciados para el Bar Hamburguesería La Granja, con fechas 4 de junio y 19 de marzo de 1992, respectivamente, por incumplimiento de los artículos 7 y 19 del Decreto 93/1988, de 31 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar de la Comunidad Autónoma de Canarias, que regulan la actividad de explotación, conservación e instalación de las máquinas recreativas en los locales autorizados para ello, así como las responsabilidades administrativas de los titulares de los mismos.
Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso ordinario, ante el Consejero de Presidencia y Turismo, en el plazo de un mes, contado desde la notificación de la presente y sin perjuicio de cualquier otro recurso que pudiera interponerse.
Santa Cruz de Tenerife, a 17 de febrero de 1995.- La Viceconsejera para las Administraciones Públicas, p.d., el Jefe del Servicio de Asuntos Generales y Gestión del Juego (Resolución de 12.1.95; B.O.C. nº 7, de 16.1.95), José Antonio Frías García.
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