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BOC Nº 036. Viernes 24 de Marzo de 1995 - 467

III. OTRAS RESOLUCIONES - C.Política Territorial

467 - RESOLUCIÓN de 20 de enero de 1995, de la Dirección General de Urbanismo, por la que se hace público el Acuerdo de la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias, de 17 de noviembre de 1994, relativo a la aprobación definitiva pura y simplemente de la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias Municipales para el cambio de ordenanza de la parcela “Q-1” de la Urbanización “Rocas Rojas”, promovida por Clínica Roca, S.A., término municipal de San Bartolomé de Tirajana (Gran Canaria).

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En ejecución de la legislación aplicable, por la presente,

R E S U E L V O:

Ordenar la inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Canarias del Acuerdo de la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias, de 17 de noviembre de 1994, relativo a la aprobación definitiva pura y simplemente de la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias Municipales para el cambio de ordenanza de la parcela “Q-1” de la Urbanización “Rocas Rojas”, promovida por Clínica Roca, S.A., término municipal de San Bartolomé de Tirajana, cuyo texto figura como anexo.

Las Palmas de Gran Canaria, a 20 de enero de 1995.- El Director General de Urbanismo, Faustino García Márquez.

A N E X O

La Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias, en sesión celebrada el 17 de noviembre de 1994, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:

Primero: aprobar definitivamente, pura y simplemente, de conformidad con lo preceptuado en el artº. 132.3.a) del Reglamento de Planeamiento, el expediente administrativo referente a la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias Municipales de San Bartolomé de Tirajana (Gran Canaria), para el cambio de las ordenanzas de la parcela “Q-1”, de la Urbanización “Rocas Rojas”, promovido por la entidad Clínica Roca, S.A., en los mismos términos en que lo fue provisionalmente.

Segundo: el presente Acuerdo se publicará en el Boletín Oficial de Canarias y será notificado a la entidad promotora, Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana, Cabildo Insular de Gran Canaria y cuantos interesados se hubiesen personado en el expediente administrativo.

Contra este acto, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a partir de su notificación, en virtud de lo dispuesto en el artº. 58 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en relación al artº. 8 del Decreto 164/1994, de 29 de julio, por el que se adaptan los procedimientos administrativos de la Comunidad Autónoma a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

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