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Se hace saber a D. Óscar Camacho Guardia, que se halla en ignorado paradero, que en el expediente sancionador nº 95/93, incoado por la Viceconsejería para las Administraciones Públicas de la Consejería de Presidencia y Turismo, por supuesta infracción a la normativa sobre el juego, se ha formulado Propuesta de Resolución del Instructor, proponiendo se sancione a D. Óscar Camacho Guardia con multa de un millón (1.000.000) de pesetas, por la instalación y explotación en el Bar Hermanos Quintana de la máquina recreativa modelo Baby Fórmula 2, nº de serie 1-8618, nº de permiso GC-B/1120-85, nº de Guía de Circulación 134199-N, no estando autorizado para la explotación de máquinas de juego, al haberse cancelado en el Registro de Empresas Operadoras de Canarias, lo que constituye una infracción a lo dispuesto en el artº. 7, en relación con el artº. 18 del Decreto 93/1988, de 31 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar de la Comunidad Autónoma de Canarias, calificada como muy grave en el artº. 39.1 del mismo.
Asimismo, se propone adicionalmente la sanción del decomiso y posterior destrucción del aparato precintado, de conformidad con el artº. 42 del repetido Decreto.
De acuerdo con el artº. 43 del citado Reglamento, se concede un plazo de ocho días hábiles a partir del siguiente a la presente publicación, para que pueda formular en su defensa las alegaciones que tuviere por conveniente a su derecho.
Las Palmas de Gran Canaria, a 12 de enero de 1995.- La Viceconsejera para las Administraciones Públicas, Ana María Oramas González-Moro.
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