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Vista la petición formulada por el Ayuntamiento de Tacoronte en solicitud de aumento de las tarifas de agua de abastecimiento a poblaciones. RESULTANDO
Que el expediente fue sometido al informe de la Comisión Territorial de Precios de Santa Cruz de Tenerife, que lo emitió en sesión ordinaria celebrada el 24 de enero de 1995, en el sentido de dictaminar favorablemente las siguientes tarifas de agua de abastecimiento, que suministra el Ayuntamiento de Tacoronte:
USO DOMÉSTICO AL BIMESTRE:
- Hasta 18 m3, mínimo 103 ptas./m3 - De más de 18 a 40 m3 115 ptas./m3 - De más de 40 a 50 m3 196 ptas./m3 - De más de 50 a 60 m3 281 ptas./m3 - De más de 60 m3 500 ptas./m3
USO INDUSTRIAL O COMERCIAL AL BIMESTRE:
- Hasta 18 m3, mínimo 145 ptas./m3 - De más de 18 a 60 m3 210 ptas./m3 - De más de 60 m3 360 ptas./m3
USO COLECTIVO EN COMUNIDADES DE PROPIETARIOS, AL BIMESTRE:
- Bloque único 201 ptas./m3
USO MUNICIPAL AL BIMESTRE:
- Bloque único 180 ptas./m3
USO AGRÍCOLA AL BIMESTRE:
- Cuota fija bimestral 500 ptas. - Bloque único 500 ptas./m3
USO EN OBRAS AL BIMESTRE:
- Hasta 18 m3, mínimo 2.608 ptas. - De más de 18 m3 186 ptas./m3
CONSIDERANDO
Que el presente expediente ha sido tramitado con sujeción al procedimiento establecido en el Real Decreto 2.695/1977, de 28 de octubre, en relación con el Real Decreto 2.226/1977, de 27 de julio, y a la Orden de 30 de septiembre del mismo año.
Vistos la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y el Real Decreto-Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local; el Real Decreto 3.173/1983, de 19 de noviembre; la Orden de 26 de febrero de 1993, del Ministerio de Economía y Hacienda, por la que se modifica el régimen de precios de determinados bienes y servicios y se deroga la Orden de 23 de diciembre de 1987; los Decretos del Gobierno de Canarias 120/1987, de 7 de agosto; 147/1991, de 17 de julio, y 62/1993, de 13 de abril, de Reestructuración de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias; 212/1991, de 11 de septiembre, de Organización de los Departamentos de la Administración Autonómica de Canarias; 228/1993, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Industria y Comercio, y demás disposiciones concordantes de general y especial aplicación,
D I S P O N G O:
Autorizar al Ayuntamiento de Tacoronte las tarifas de agua de abastecimiento a poblaciones solicitadas, las cuales quedarán establecidas en las cuantías anteriores expresadas, a partir de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, y su aplicación se realizará de forma escalonada.
Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal de Justicia de Canarias, a interponer en el plazo de dos meses desde su publicación, previa la comunicación a la Consejería de Industria y Comercio exigida en el artº. 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.
Santa Cruz de Tenerife, a 25 de enero de 1995.
EL CONSEJERO DE INDUSTRIA Y COMERCIO, PRESIDENTE DE LA COMISIÓN TERRITORIAL DE PRECIOS DE SANTA CRUZ DE TENERIFE, José Vicente León Fernández.
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