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BOC Nº 142. Lunes 21 de Noviembre de 1994 - 1803

I. DISPOSICIONES GENERALES - C.Trabajo y Función Pública

1803 - DECRETO 222/1994, de 11 de noviembre, por el que se modifica el Decreto 123/1994, de 20 de junio, por el que se regula el Programa Territorial de apoyo al empleo y la formación en acciones que respondan a necesidades colectivas (B.O.C. nº 76, de 22.6.94).

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El Decreto 123/1994, de 20 de junio, por el que se regula el Programa Territorial de apoyo al empleo y la formación en acciones que respondan a necesidades colectivas, establece en su artículo 9.Dos que el Consejo de Administración del Instituto Canario de Formación y Empleo seleccionará, a propuesta de su Presidente, las iniciativas que, de entre las presentadas por las Entidades señaladas en el artículo 2, serán objeto de financiación.

Los requerimientos efectuados a las Entidades antes aludidas, al objeto de que subsanaran la documentación defectuosamente presentada y justificaran las subvenciones concedidas con cargo a los Programas Canarios de Empleo de años anteriores, motivaron el retraso en la selección de las acciones. Las Entidades solicitantes disponen pues, en virtud del retraso producido en la selección de las acciones, de poco tiempo para contratar a los trabajadores desempleados en que se fundamenta la aportación de la Comunidad Autónoma de Canarias, si se tiene en cuenta que en virtud del artículo 11.Dos del Decreto 123/1994, mencionado, dichas contrataciones habrán de formalizarse y empezar a surtir efectos antes del 15 de noviembre de 1994.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Trabajo y Función Pública y previa deliberación del Gobierno en sesión celebrada el día 11 de noviembre de 1994,

D I S P O N G O:

Artículo único.- Modificar el artículo 11.Dos del Decreto 123/1994, de 20 de junio, por el que se regula el Programa Territorial de apoyo al empleo y la formación en acciones que respondan a necesidades colectivas, el cual quedará redactado, como a continuación se expresa:

“Artículo 11.- Dos. Los contratos habrán de formalizarse y empezar a surtir efectos antes del 31 de diciembre de 1994 improrrogablemente, perdiéndose el derecho a la subvención por aquellos trabajadores cuyo contrato se formalice con posterioridad a dicha fecha.”

DISPOSICIÓN FINAL

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Dado en Las Palmas de Gran Canaria, a 11 de noviembre de 1994.

EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO, Manuel Hermoso Rojas.

EL CONSEJERO DE TRABAJO Y FUNCIÓN PÚBLICA, Francisco José Rodríguez-Batllori Sánchez.

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