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En cumplimiento de la Resolución dictada por el Ilmo. Sr. Viceconsejero de Vivienda, de 10 de octubre de 1994, por la que se determina que el expediente de adquisición onerosa de la parcela de 2.000 m2 de superficie, sita en el lugar denominado Playa de San Marcos del municipio de Icod de los Vinos, propiedad de D. José Rodríguez Zarza, Dña. Lucrecia Rodríguez Zarza y Dña. Lucrecia Zarza Rodríguez, la cual va a ser adquirida para llevar a cabo la reposición de las viviendas afectadas por aluminosis, se tramite por el sistema de adjudicación directa, y sea publicada en el Boletín Oficial de Canarias la razón que justifica dicho procedimiento.
Esta Secretaría General Técnica hace público que el motivo determinante de dicha adquisición por el trámite de adjudicación directa, prescindiendo del concurso público, con arreglo a lo que prevén los artículos 30.3 de la Ley 8/1987, de 28 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Canarias y 74.1 del Decreto 133/1988, de 22 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento que la desarrolla, es el de la singularidad de la necesidad a satisfacer, así como la urgencia de la adquisición, por lo que no es preciso ni conveniente abrir una concurrencia de ofertas.
Lo que se publica de conformidad con lo que dispone el punto 2 del ya mencionado artículo 74 del Reglamento citado.
Santa Cruz de Tenerife, a 11 de octubre de 1994.- El Secretario General Técnico, José Tomás San Segundo Cerviá.
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