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En cumplimiento de lo dispuesto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en Santa Cruz de Tenerife, en el recurso nº 1.261/94, interpuesto por Dña. María Salomé Siverio Cruz, contra la Resolución de la Viceconsejería de Vivienda, de 29 de noviembre de 1993, recaída en el expediente de desahucio administrativo nº 26/91, incoado por ocupación sin título legal de la vivienda de protección oficial de promoción pública, sita en el término municipal de Santa Cruz de Tenerife, Grupo 70 viviendas de Añaza, portal 10, 2º B, y dado que el acto objeto de la impugnación afecta a una pluralidad de administrados por determinar, supuesto subsumible en lo determinado en el apartado a) del artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, esta Dirección General de Vivienda, conforme a lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, modificado por la Ley 10/1992, de 30 de abril, de Medidas Urgentes de Reforma Procesal,
R E S U E L V E:
Emplazar a cuantos aparezcan como interesados en el recurso contencioso-administrativo nº 1.261/94, para que puedan comparecer ante la Sala y personarse en los autos en el plazo de nueve días a partir de la publicación de la presente.
Santa Cruz de Tenerife, a 4 de octubre de 1994.- El Director General de Vivienda, José María Senante Mascareño.
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